Las asistentes representaron la situación en que se encuentran algunos receptores judiciales, para los cuales, según indicaron, no reciben pensión según la ley N° 5.931. Al respecto se les señaló que, según lo dictado por Contraloría, esa ley no estaría vigente. Esta subsecretaría ofreció la posibilidad de gestionar casos particulares para efectos de determinar si eventualmente podría corresponder alguna pensión, por tratarse de cotizantes del sistema antiguo, por lo que en caso de existir interesados que calcen en dicho perfil, nos harían llegar los antecedentes. También se les ofreció la opción de oficiar a la Superintendencia de Pensiones al respecto, para lo cual las interesadas indicaron que en caso de requerir esa gestión de parte de esta subsecretaría, lo iban a solicitar por correo electrónico. |