Sujetos pasivos de lobby o gestión de intereses particulares
Nombre completo | Cargo o función | Fecha de incorporación | Fecha de término | Respaldo jurídico | Registros |
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Eduardo Alejandro Muñoz Bravo | Director Regional de Gendarmería de Chile, Región Metropolitana | 2016-06-07 | 2016-08-05 | Ver documento | Audiencias Viajes Donativos |
Álvaro Rivera | Director Regional de Gendarmería de Chile, Región de Atacama | 2015-07-27 | 2016-08-03 | Ver documento | Audiencias Viajes Donativos |
Juan Mauricio Navarrete Candia | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Los Ríos | 2016-07-22 | 2016-08-02 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”:
Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella. Ver documento |
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Renato Montecinos L. | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo | 2016-07-25 | 2016-08-01 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”:
Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella. Ver documento |
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Sergio Emiliano Alarcón Aravena | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región Metropolitana | 2016-07-06 | 2016-07-29 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”:
Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella. Ver documento |
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Raul Arellano Blanco | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región del Maule | 2016-06-28 | 2016-07-27 | Subrrogancia Ver documento |
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Jorge Reyes Rioseco | Director Regional de Gendarmería de Chile, Región del Maule | 2016-02-17 | 2016-07-27 | Ver documento | Audiencias Viajes Donativos |
Luis González | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Tarapacá | 2016-07-11 | 2016-07-24 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”:
Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella. Ver documento |
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Alejandro Troncoso Chaparro | Director Regional de Gendarmería de Chile, Región de Los Lagos | 2016-05-23 | 2016-07-11 | Ver documento | Audiencias Viajes Donativos |
Antonio Ibarra | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Valparaiso | 2016-06-23 | 2016-06-30 | Subrrogancia Director Regional Valparaiso Ver documento |
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Leonardo Barrientos Rebolledo | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región del Libertador General Bernardo O´Higgins | 2016-04-11 | 2016-06-29 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Raul Arellano Blanco | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región del Maule | 2016-06-02 | 2016-06-24 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Gonzalo Hermosilla | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Los Ríos | 2016-06-08 | 2016-06-11 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Pedro Ferrada | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Los Lagos | 2016-06-08 | 2016-06-10 | Subrogancia Ver documento |
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Walter Muñoz Valenzuela | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Atacama | 2016-06-08 | 2016-06-10 | Subrrogancia Ver documento |
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Diter Villarroel Montecinos | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región del Bío Bío | 2016-06-08 | 2016-06-09 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Sergio Emiliano Alarcón Aravena | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región Metropolitana | 2016-06-08 | 2016-06-08 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Sergio Emiliano Alarcón Aravena | Director Regional de Gendarmería de Chile, Región Metropolitana | 2016-01-22 | 2016-06-06 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”:
Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella. Ver documento |
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Eduardo Alejandro Muñoz Bravo | Director Regional de Gendarmería de Chile, Región de Valparaíso | 2015-10-05 | 2016-06-06 | Ver documento | Audiencias Viajes Donativos |
Walter Muñoz Valenzuela | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Atacama | 2016-06-02 | 2016-06-06 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”:
Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella. Ver documento |
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Pablo Roberto Toro Fernández | Director Regional de Gendarmería de Chile, Región del Bío Bío | 2014-02-05 | 2016-06-06 | Ver documento | Audiencias Viajes Donativos |
Pedro Paulo Villarroel Camilo | Director Regional de Gendarmería de Chile, Región de Antofagasta | 2016-02-08 | 2016-06-05 | Ver documento | Audiencias Viajes Donativos |
Rosendo Cerda | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Magallanes y la Antártica Chilena | 2016-05-23 | 2016-06-02 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”:
Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella. Ver documento |
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Rosendo Cerda | de Chile Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Magallanes y de la Antártica Chilen | 2016-05-23 | 2016-06-01 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Juan Rojas | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región Metropolitana | 2016-06-01 | 2016-06-01 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Oscar Aravena | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región del Bío Bío | 2016-04-01 | 2016-05-31 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”:
Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella. Ver documento |
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Pedro Ferrada | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Los Lagos | 2016-03-24 | 2016-05-23 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Alejandro Rodríguez Barrientos | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Arica y Parinacota | 2016-05-18 | 2016-05-23 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Juan Rojas | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región Metropolitana | 2016-05-18 | 2016-05-20 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Juan Rojas | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región Metropolitana | 2016-05-11 | 2016-05-11 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Maurice Daniel Grimalt Catalan | Subdirector Operativo (S) de Gendarmeria de Chile | 2016-05-02 | 2016-05-02 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Víctor Manuel Vera Bustos | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región Metropolitana | 2016-04-15 | 2016-04-29 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Renato Montecinos L. | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Aysén | 2016-04-12 | 2016-04-22 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Tito Humberto Barriga Chacón | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Valparaiso | 2016-04-21 | 2016-04-21 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Sebastián Urra | Director Regional de Gendarmería de Chile, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins | 2015-07-30 | 2016-04-18 | Ver documento | Audiencias Viajes Donativos |
Rodrigo García Pezo | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Los Lagos | 2016-04-12 | 2016-04-17 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Rosendo Cerda | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Magallanes y de la Antártica Chilena | 2016-04-12 | 2016-04-16 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Tito Humberto Barriga Chacón | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Valparaiso | 2016-04-13 | 2016-04-15 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Bernardo Contreras Jeria | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de La Araucanía | 2016-04-12 | 2016-04-15 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Rubén Esparza Mora | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región del Maule | 2016-04-13 | 2016-04-15 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Luis González | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Tarapacá | 2016-04-12 | 2016-04-15 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Luis Muñoz Fuentealba | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Coquimbo | 2016-04-12 | 2016-04-15 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Juan Mauricio Navarrete Candia | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Los Ríos | 2016-04-12 | 2016-04-15 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Alex Rodrigo Ilufi Ayala | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región Metropolitana | 2016-04-13 | 2016-04-14 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Alejandro Rodríguez Barrientos | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Arica y Parinacota | 2016-04-12 | 2016-04-13 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Víctor Manuel Vera Bustos | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región Metropolitana | 2016-03-14 | 2016-04-12 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Bernardo Contreras Jeria | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de la Araucanía | 2016-02-03 | 2016-04-11 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”:
Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella. Ver documento |
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Luis González | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Tarapacá | 2016-03-05 | 2016-04-11 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Luis Muñoz Fuentealba | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región de Coquimbo | 2016-04-04 | 2016-04-08 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”: Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella.
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Alex Rodrigo Ilufi Ayala | Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, Región del Bío Bío | 2016-02-01 | 2016-04-06 | Artículo 12 del Decreto Ley N° 2859, de 1979, que “Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile”:
Las Direcciones Regionales estarán encargadas de la conducción administrativa, técnica y operativa de Gendarmería de Chile en la región.
Los Coroneles pertenecientes a la Planta de Oficiales Penitenciarios podrán ser destinados por el Director Nacional de Gendarmería de Chile a las Direcciones Regionales para desempeñar funciones de Director Regional.
En caso que el personal destinado no pueda ejercer, por cualquier causa, dichas funciones, éstas serán desempeñadas por el Oficial que les suceda en antigüedad y grado en la región. El término de la destinación a que se refiere el inciso anterior, no alterará el nombramiento, en calidad de titular de los funcionarios que fueron objeto de ella. Ver documento |
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