Audiencias - Año 2021 - Víctor Provoste - Audiencia AK006AW0935052

Información General
Identificador AK006AW0935052
Fecha 2021-04-13 09:30:00
Forma Presencial
Lugar Oficina Director Regional
Duración 1 horas, 0 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Washington Lizana Ormazabal Gestor de intereses Mauricio Hernández Norambuena
Yanira González Gestor de intereses Corporacion Municipal de Desarrollo Social de Pudahuel Mauricio Hernández Norambuena
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
Señor Director Regional Metropolitano de Gendarmería de Chile, Víctor Rolando Provoste Torres:

Por la presente, venimos en solicitar audiencia, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 20.730 y su reglamento, en representación de Mauricio Hernández Norambuena, privado de libertad en la Unidad Especial de Alta Seguridad, por los motivos que, a continuación, se indican:

1) Traslado a la Sección Cárcel de Alta Seguridad ordenado por 7° Juzgado de Garantía de Santiago.

Conocida es por Vuestra Persona, toda vez que compareció el abogado Claudio Jara por la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, la resolución judicial dictada, en audiencia de cautela de garantías el día lunes 22 de marzo de 2021, por el 7° Juzgado de Garantía de Santiago.

Dicho Tribunal, en virtud de las graves afectaciones a la integridad física y psíquica que han ocasionado las condiciones carcelarias vividas en la Sección de Máxima Seguridad a nuestro representado, ha ordenado a Gendarmería de Chile su traslado desde la Sección de Máxima Seguridad hacia la Sección Cárcel de Alta Seguridad.

Para los efectos de ejecutar el traslado de nuestro representado, el Tribunal ha otorgado a Gendarmería un plazo de 30 días, con el objeto de que dicha institución pueda realizar una planificación y adecuaciones técnicas en respecto a la forma que se mantendrá a nuestro representado en la Sección Cárcel de Alta Seguridad.

Precisamente, por lo enunciado en este último párrafo, sostenemos que es de suma relevancia, en pos de facilitar dicho proceso y salvaguardar la integridad física y psíquica de Mauricio Hernández Norambuena, poder dialogar con Vuestra Persona sobre la planificación y adecuaciones técnicas en respecto a la forma que se mantendrá a nuestro representado en la Sección Cárcel de Alta Seguridad.

2) Allanamiento de Vuestra Persona a la celda de nuestro representado.

Esta defensa tomó conocimiento de la denuncia realizada por nuestro representado, en referencia a que el día 21 de marzo de 2021, mientras se encontraba, precisamente, siendo atendido jurídicamente por un colega, Vuestra Persona ingresó y allanó su celda.

De ser efectiva dicha situación, la que podría ser fácilmente evaluada en las cámaras del Establecimiento Penitenciario "Unidad Especial de Alta Seguridad", solicitamos a Vuestra Persona que, en conformidad a la Resolución Exenta N° 9680 de 2014 que "APRUEBA PROCEDIMIENTO Y FLUJOGRAMA DE ALLANAMIENTO DE INTERNOS E INSTALACIONES DE ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS DEL SUBSISTEMA CERRADO", pudiéramos dialogar respecto del resultado del procedimiento y la información que debiera ser vertida en la Planilla de Control de Registro y Allanamiento.

Así, es importante que en la audiencia podamos dialogar en torno a los motivos del registro, la identidad de los funcionarios que los llevaron a cabo y su competencia para realizar dicha acción y, por último, los resultados obtenidos.