Audiencias - Año 2021 - Leonardo Barrientos Rebolledo - Audiencia AK006AW0921145

Información General
Identificador AK006AW0921145
Fecha 2021-02-19 09:00:00
Forma Presencial
Lugar Dirección Regional de la Araucanía, ubicada en Diego Portales N° 787 de la comuna de Temuco
Duración 0 horas, 30 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Carlos Tenorio Gestor de intereses Jorge Andrés Luchsinger Mackay
Jorge Luchsinger Gestor de intereses Jorge Andrès Luchsinger Mackay
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
De mi consideración

En mi calidad de abogado de don Jorge Andrés Luchsinger Mackay y su grupo familiar, todos víctimas del brutal atentado que acabó con la vida de sus padres, don Werner Luchsinger Lemp y doña Vivian Mackay González, víctimas a su vez de un criminal incendio con resultado de muerte ocurrido en la comuna de Vilcún, Provincia de Cautín, Región de la Araucanía, la madrugada del día 4 de enero de 2013, en el predio denominado La Granja Lumahue, es que solicitamos reunirnos con el Director Nacional de Gendarmería, a objeto que de conformidad con las normas contenidas en los artículos 8º, 19 Nº3, 19Nº 3, todos de la Constitución Política de la Repùblica, así como en consideración a las normas contenidas en la Ley Nz20.285, se nos informen las razones legales, reglamentarias y circunstanciales por las cuales los condenados por dicho crimen, señores JOSE SERGIO TRALCAL COCHE, cédula nacional de identidad número 9.309.405-0, y LUIS SERGIO TRALCAL QUIDEL, cédula nacional de identidad número 13.116.227-8, ambos condenados a 18 años de presidio mayor en su grado máximo en los autos R.U.C. 1300701735-3, R.I.T. 150-2017, seguidos ante el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco, se encuentran hoy cumplimiento su condena en el C.E.T. de Victoria, Provincia de Malleco, Región de la Araucanía, según consta de Ord. 252/21, de fecha 2 de febrero de 2021, el cual fuera evacuado por el Director Regional (S) de Gendarmería de la Región de la Araucanìa, en causa de la referencia ante el Juzgado de Garantía de Temuco (causa RUC causa 1300701735-3, RIT 9544-2013)


Este Director Regional, explica a cada uno de los intervinientes de esta audiencia, que los beneficios otorgados, se deben a un abono significativo,correspondiente a 2.000 días a sus causas. Situación que modifica inmediatamente los tiempos mínimos de los beneficiados, sumando a esto sus buenas conductas y planes de intervención.