Antes que todo, deseo por favor atención telemática en consideración a que soy de la Región del Biobío, la audiencia solicitada tiene por objeto hacer presente LAS INFRACCIONES MENOS GRAVE que constan en el ACTA DE FISCALIZACIÒN N° 240801450 de la Superintendencia de Educación del Biobío, que constató: "con fecha 17 de JUNIO del 2024, en reunión de cierre en el colegio SAN PEDRO NOLASCO, en compañía de la Sra. ELIANA PUENTES ALVIAL , Encargada de Convivencia Escolar y del Sr. EDUARDO ALEJANDRO BECERRA CONTRERAS, Rector , donde se les informó el resultado preliminar de las pruebas y procedimientos aplicados durante la visita, indicando que se detectaron posibles incumplimientos a la normativa educacional que tienen relación con la vulneración de derechos , resultando la presente fiscalización en un ACTA CON OBSERVACIONES. Se informó que, para la observación MENOS GRAVES (sin opción de subsanación), la Superintendencia de Educación no considera plazos para poder corregir las observaciones, por lo tanto, se instruirá un Proceso Administrativo Sancionatorio en contra del establecimiento educacional por dichas observaciones, derivando los antecedentes del caso a la Unidad Jurídica Regional de esta Superintendencia. Finalmente se informa que, el reporte de cierre de los procedimientos fiscalizados (Hoja de Trabajo), forma parte integral del acta de fiscalización y ambos serán notificados a la entidad sostenedora, previa validación de éstos por parte del Encargado o Coordinador Técnico Regional de Fiscalización de la SIE, a la casilla de correo electrónico que la entidad sostenedora haya declarado para dichos efectos ante la SIE y/o a los correos electrónicos registrados en la Constancia de la Visita firmada por Rector durante esta reunión de cierre, a quien además, se le entregó una copia de dicha constancia." Ahora bien, si bien, se trata de un acto administrativo realizado por la SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN, quise traer a colación lo anterior porque existe evidencia de infracciones a las normativas legales del área de educación, infracciones que van más allá de lo Fiscalizado por la Superintendencia, quebrantamientos legales que lamentablemente, aún permanecen, consistente en una falsa certificación en el SIGE, del portal del Ministerio de Educación. Es respeto de esta última infracción dolosa por la cual solicito la audiencia con Usted. |