ORD.41, Mediante el cual responde a consulta del sostenedor, que dice relación con obligaciones pecuniarias que la E.I.E adquirió de la Sociedad Educacional Antoine de Saint Exupery, y en el marco del proceso de transferencia de la calidad de sostenedor.
Se presenta en la audiencia el abogado del Colegio Antoine de Saint Exupery , el tema principal de esta audiencia es sobre la respuesta que se le dio desde esta Dirección Regional a la consulta de fines Educativos la respuesta es: “ Respecto de si el gasto relacionado con la incorporación en transferencia de la calidad del sostenedor realizada en el año 2017 se ajusta a los fines educativos, no obstante, como el acto o contrato fue suscrito con anterioridad a la consulta no cumple un requisito de admisibilidad, como es que el acto jurídico no se haya realizado. Abogado dice que la consulta fue mal planteada desde la Sostenedora.
Directora Regional, le solicita que vuelvan hacer la consulta en estos términos más claro y específicos. |