Audiencias - Año 2022 - Elizabeth Alarcón - Audiencia AJ010AW1080379

Información General
Identificador AJ010AW1080379
Fecha 2022-04-07 11:00:00
Forma Videoconferencia
Lugar Álvarez 646, 6 piso. (telemática)
Duración 0 horas, 30 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
OLIVER ALEJANDRO CIENFUEGOS MAGGI Gestor de intereses CIMA INGENIERIA Y CONSTRUCCION SPA
Felipe Betancourt Gestor de intereses CIMA INGENIERIA Y CONSTRUCCION SPA
Belén Miño Gestor de intereses CIMA INGENIERIA Y CONSTRUCCION SPA
Johana Cornejo Cerda Gestor de intereses CIMA INGENIERIA Y CONSTRUCCION SPA
Juan CATALÁN
Francisco Alonso Romero Carvajal
Nicole Leiva
Jorge Arenas Rodríguez
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.
Celebración, modificación o terminación a cualquier título, de contratos que realicen los sujetos pasivos y que sean necesarios para su funcionamiento.
Especificación materia tratada
Discusión relativa a la grave situación de la licitación Pública ID 847-35-LR20 código BIP 30431822-0, denominada "Remodelación Jardín Infantil y Sala Cuna Pichiche, Quilpué" por la empresa CIMA Ingeniería y Construcción SpA.
La reunión es realizada de manera telemática a través de la plataforma TEAMS, dispuesta por el servicio para estos fines.

Presentación asistentes Junji, presentación asistentes Betancourt Abogados y CIMA ing y construcción.

En el contexto de presentación de solicitud de resciliación, ingresado por CIMA ingeniería y construcción a Junji Betancourt Abogados realiza un resumen de dicha presentación.

Junji indica enfáticamente que dará respuesta de manera formal y fundada hacia la solicitud, consultando, además, si es que existen nuevos antecedentes que aportar, a lo que la empresa responde que no.

Junji precisa que sin perjuicio de lo expuesto por la empresa, y al no haber sido decretada una paralización de la obra, la ejecución de la misma debe continuar, es decir que la presentación de la empresa no suspende la ejecución de los trabajos y de las obligaciones contenidas en el contrato suscrito por ambas partes.