Audiencias - Año 2023 - Isabel Contreras - Audiencia AI007AW1420338

Información General
Identificador AI007AW1420338
Fecha 2023-10-03 03:00:00
Forma Videoconferencia
Lugar telematica
Duración 1 horas, 0 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Rosa Soto Gestor de intereses Rosa
Materias tratadas
Ninguna de las anteriores
Especificación materia tratada
Estimada :
Le escribo porque nose como lograr ser escuchada soy una madre con discapacidad y tengo dos niños, la más pequeña con discpacidad también mi hijo mayor se esfuerza mucho en el colegio por sacar las mejores notas el año pasado tuvo excelencia académica y estamos dentro del 30% más vulnerables de echo recibimos una asignación de subsidio y albergue transitorio en agosto pasado por el director de serviu valparaiso, pero aún así no calificamos para el bono escolar ,y no entiendo porque si mi hijo tiene uno de los mejores promedio?? Yo se que nose postula ,que tiene que cumplir requisitos pero el cumple todos !! Y es más ni a chile y seguridades nos ingresan nada no entiendo porque si mi realidad a sido muy vulnerable. Espero pueda usted de corazón ayudarme para lograr un mejor futuro y ayuda para mis niños .
Puedo solicitar al colegio el documento que acredita que el esta dentro del 15% de mejor rendimiento.
Le agradezco mucho pueda leerme .
Un abrazo.

Se informo a la señora Rosa que el alumno Rut 23xxxxxx-0 no obtuvo el Bono por Logro Escolar ya que no formó parte del 30% de mejor rendimiento de su promoción 2022, motivo por el cual, no resultó favorecido en la convocatoria 2023.

Al respecto, cabe señalar que, el Bono por esfuerzo 2023, también conocido como Bono por Logro Escolar (BLE), es un beneficio anual, no postulable que se encuentra regulado en la Ley N° 20.595, destinado a alumnos y alumnas que cursaron desde 5° año básico a 4° año de enseñanza media que figuren dentro del 30% con mejor rendimiento de su promoción (2022), según datos otorgados por el Ministerio de Educación, y se encuentren en el 30% más vulnerable de la población, según información contenida en el Registro Social de Hogares (RSH) a marzo del año inmediatamente anterior a la concesión del bono(2022). Cabe precisar, que estos requisitos son de carácter copulativo y cada año el proceso es independiente respondiendo a la verificación de cumplimientos de requisitos del año inmediatamente anterior al pago del beneficio, por tanto, el haber sido favorecido(a) años anteriores no implica necesariamente, figurar en nómina de beneficiarios en futuras convocatorias.

Por otra parte, respecto al Subsistema Seguridades y Oportunidades, regulado en la Ley Nº 20.595, de 2012 y su Reglamento, tendrán acceso las personas y familias que se encuentren en situación de pobreza extrema y/o vulnerabilidad. El ingreso y participación en los programas que componen el Subsistema no son postulables. La identificación y selección de potenciales beneficiarios, en virtud de su situación, es calificada por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, en función de la información consignada en el Registro Social de Hogares, en el Registro de Información Social y/u otro medio de verificación del cumplimiento de requisitos debidamente señalado.

La situación de pobreza extrema, “se entenderá que están en situación de pobreza extrema las personas y familias cuyo ingreso per cápita mensual sea inferior al necesario por persona para satisfacer sus necesidades alimentarias y que en cuya composición se registren integrantes pertenecientes a los grupos más vulnerables, tales como adultos mayores, niños(as) y gestantes que reciban atención en la Red Pública de Salud.”

Revisados los registros del Ministerio, el grupo familiar de doña Rosa no figura en la nómina de beneficiarios del año 2023. Sin embargo, cabe hacer presente que las nóminas se construyen anualmente, por lo que se sugiere mantener actualizado el Registro Social de Hogares.