Audiencias - Año 2022 - Mario Nahuel - Audiencia AI002AW1195166

Información General
Identificador AI002AW1195166
Fecha 2022-10-06 10:00:00
Forma Presencial
Lugar En Vicuña Mackenna #399 Temuco
Duración 1 horas, 0 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Carlos Montesinos Gestor de intereses comunidad Indigena Ñancupil Hualacura
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
Nos manifestamos antes que se concluyera el proceso de aplicabilidad para la compra de un nuevo espacio para nuestro eltun, ya que nos dimos cuenta que el proceso esta viciado, principalmente por que no hubo consulta previa y se vulnero el convenio 169 de la OIT sobre pueblos Indígenas y Tribales en países independientes obliga al Estado de Chile a realizar una consulta previa a los pueblos indígenas, en todas aquellas materias que sean de su interés. Con todo, la aplicación de dicha consulta previa, estará sujeta a la eventualidad de que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente. En tal sentido, la aplicación de la consulta previa –para dar cumplimento a lo previsto en la ley N°20.500, sobre asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública- se sujetará, en cada caso, a lo previsto en los artículos 2, 7, 8,12, 13 y 14 del Decreto Supremo N°66, reglamento que regula el procedimiento de consulta indígenas en virtud del artículo 6 n°1 letra a) y N°2 del Convenio n°169 de la OIT. Debemos informarle que nosotros compartimos el titulo de merced 141 con la pj 884 y ellos de mala fe hicieron regularizaciones de nuestros sitios ceremoniales sin nuestro consentimiento hace varios años y este conflicto se agrando con la intromisión de sus funcionarios ya que ellos no nos convocaron a participar del proceso como se dice en la resolución 29 y ahora nos tratan de rebeldes y quieren seguir adelante con el proceso sin respetar nuestra opinión e historia. Además la comunidad pj 888 es de otro titulo de merced, pero son familiares y amigos con la pj 884, por lo cual se unieron para dejarnos sin derechos de nuestro eltun, en cuyo caso fue fundado por el padre de Herminda Neculqueo socia de nuestra comunidad y la mas longeva del sector, el Lonko Don Calvin Francisco Neculqueo que murió el año 1945 de 100 años. Busque en la resolución si aparece su nombre. Igualmente, quisiéramos solicitarle que inicie un proceso administrativo que pueda revertir esta situación, por lo que le solicitamos que retire la prohibición de enajenamiento impuesta a la escritura del actual cementerio que fue cedido de forma gratuita por la CONADI a la pj 884 de mala fe y así poder iniciar un nuevo proceso de regularización mas participativo.
Finalmente, quisiéramos abordar nuestra solicitud de aplicabilidad por nuestras tierras ancestrales usurpadas y reafirmar nuestro territorio que sin lugar a dudas y de acuerdo a los relatos de los mas antiguos del sector es mucho mayor que el actual TM 141 y esperamos exponerle nuestro caso, con nuevos antecedentes y con la historia de nuestro despojo apoyada por profesionales, que seria el ultimo documento faltante para nuestra carpeta administrativa.