Audiencias - Año 2022 - Bob Brkovic - Audiencia AI002AW1215519

Información General
Identificador AI002AW1215519
Fecha 2022-10-07 10:30:00
Forma Presencial
Lugar Subdirección Nacional Iquique CONADI, Ramirez N° 1067
Duración 1 horas, 0 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
VERONICA ARAYA CAYO Gestor de intereses Veronica Araya Cayo
Elba Cayo Gestor de intereses Elba Cayo Leandro
Yubinza Arriagada
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
Solicita audiencia Ley Lobby, por motivo de la Comunidad Indígena Aymara de Parca, ya que soy nacida y criada en el Pueblo de Parca, comuna de Pozo Almonte, ya que se están vulnerando mis derechos como indígena y comunera del Pueblo de Parca, por tal motivo vengo en esclarecer con hechos y fundamentos fehacientes de mi etnia y raíces y cultura indígena aymara.
AUDIENCIA SUBDIRECTOR (S) CON FECHA 07 DE OCTUBRE:

Doña Verónica Araya consulto por una comunidad que ya no existe y continúa trabajando en el territorio, en las chacras y demás. Señalo que no entiende porque ellos no son parte de esa comunidad y que ellos nunca han solicitado formalmente ser parte de la comunidad en respuesta a la consulta sobre el Subdirector (s), agrego que ellos hablaron en lo que va a ser la presentación de la Comunidad Indígena Aymara de Parca y ello le informo que previamente debe llevar ciertos antecedentes, pero la Directiva aún no esta vigente.
Reclama que porque la comunidad no incorpora a su madre, doña Elba Cayo en la Constitución de la Comunidad. Preguntado a doña Elba, ella manifiesta que no vivía en aquella época.
El Subdirector informo que debe hacerse una petición formal y conceta a la Directiva de la Comunidad, una vez que está este vigente.
Sin perjuicio que pueda solicitarlo también a la asamblea de la comunidad.
Se informo además que Conadi carece de competencia para intervenir en los actos de la comunidad, cuestión que debe verificarse ante los organismos respectivos. Que nuestra función solo es registrar lo que las comunidades informan.