Sebastián Suárez - Audiencias

En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.

Fecha Identificador Asistentes Representados Materia Detalle
2024-08-01 12:00:00 AH013AW1631747 Gestor de intereses Germán Fernández Germán Fernández Correa La consulta dice relación con la ejecución de las garantías hipotecarias, formulando hipótesis sobre varios acreedores hipotecarios que ejecutan individualmente o no. En el caso de la ejecución individual, se señaló lo dispuesto en el artículo 135 de la Ley N.° 20.720, y que la caución solo operará cuando de la ejecución individual se pida el pago anticipado a los demás acreedores, debiendo en tal caso garantizar las acreencias de primera categoría. Se observó que el liquidador será mero depositario, puesto que no le corresponde administrar esos fondos, salvo el remanente y el pago de las cauciones.
En caso que sean varios acreedores hipotecarios, cada uno deberá concurrir a prorrata de los créditos de primera categoría, y si existiere controversia, someterlo a la resolución del tribunal, mediante el artículo 131 de la ley concursal.
En el caso que no se ejecuten individualmente las hipotecas, y el liquidador lo haga, los fondos de la enajenación serán administradas por el liquidador, y ahí no procederá el pago anticipado de los créditos hipotecarios, ni cauciones, debiendo efectuar el reparto de conformidad con las reglas generales, y previo a ello, depositar los fondos a interés.
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Sujeto Pasivo Ramon Aranda Arce
2024-06-19 15:00:00 AH013AW1594578 Gestor de intereses Juan Letelier Santa Laura Hormigones SpA Juan Felipe Letelier, representante de Santa Laura Hormigones SpA y acreedores en el concurso de DNG INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA, solicita a la Superintendencia aclarar el alcance del Oficio Superir N.º 1086 del 25.01.2024, en virtud de las acciones revocatorias concursales y el artículo 293 de la Ley N.º 20.720. Esto porque la acción en cuestión fue promovida por parte de la liquidadora, señora Alejandra Massis, con posterioridad a una acción revocatoria ya iniciada por las mismas causas, cuando lo que procedía era adherirse a la que ya estaba vigente, por una cuestión de economía procesal.
Por otro lado, Sebastián Urquieta, Encargado de Unidad Legal y Normativa, aseguró que el Servicio recibió esta consulta, e instruyó a la liquidadora por medio el Oficio Superir N.º 8227 de 24.05.2024. Sin embargo, se están analizando los descargos de la liquidadora para poder dar una respuesta.
Finalmente, se observa que, sin perjuicio de no haberse acreditado poder en la solicitud, esta Superintendencia le dio curso al ingreso del solicitante, encontrándose en confección el oficio dirigido al tribunal de la acción revocatoria.

Participó también en la audiencia doña Carolina Núñez Cisternas, procuradora de la Unidad Legal y Tramitación Judicial.
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2024-02-28 11:00:00 AH013AW1519518 Gestor de intereses Sebastián Muñoz Cecilia Alejandra Sáez Flores Reclamo de tramitación en Procedimiento Concursal Cecilia Alejandra Sáez Flores administrado por el ex liquidador Rodrigo Pedrosa Ramírez.
Sebastián Muñoz observa su preocupación toda vez que, en este procedimiento, así como en otros vigentes, administrados por el ex liquidador señalado, no se han realizado gestiones aun cuando se han efectuado solicitudes al tribunal respetivo, a fin que se le ordene continuar con ellos, incluso bajo apercibimiento.
De lo anterior, los solicitantes observaron los procedimientos donde han ocurrido tales circunstancias.
Al respecto, se les informó que esta Superintendencia instruyó y reiteró en 3 ocasiones al ex liquidador a fin de que rinda su cuenta final de administración en el procedimiento señalado, sin que, haya dado cumplimiento a las instrucciones impartidas. Asimismo, se requirió al tribunal ordenara al ex liquidador a rendir su cuenta final de su administración, según lo dispuesto los artículos 49 y siguientes de la Ley, bajo el apercibimiento contemplado en el artículo 238 del Código de Procedimiento Civil.
En mismo sentido, se informa que ante la inobservancia del ex liquidador y, en atención a su exclusión de la nómina, se instruyó al liquidador suplente, señor Patricio Martínez Díaz, asumir el cargo de liquidador en calidad de titular, debiendo dar curso progresivo al procedimiento, según el estado procesal en que se encuentre.
Por otra parte, se informó que la Superintendencia se encuentra diseñando un plan de trabajo respecto de los liquidadores excluidos de la nómina, con el fin de dar curso progresivo a la tramitación de los procedimientos administrados por liquidadores en tal situación, el que contempla al ex liquidador Rodrigo Pedrosa Ramírez y que se implementará en marzo del presente año.
Finalmente, se hizo presente que esta Superintendencia se encuentra elaborando un informe respecto de los hechos observados en el procedimiento, así como diversos procedimientos administrados por el ex liquidador, a fin de estudiar los antecedentes para el inicio de un eventual procedimiento administrativo sancionador contra el ex Liquidador.

Participó también en la reunión Nicole Gortari Urrutia, abogada de la Unidad de Cumplimiento.
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Gestor de intereses Marianne Leiton Cecilia Alejandra Sáez Flores