Audiencias - Año 2024 - Patricia Chotzen - Audiencia AH013AW1682155
Información General
Identificador | AH013AW1682155 |
Fecha | 2024-10-17 10:00:00 |
Forma | Videoconferencia |
Lugar | Zoom Tema: Audiencia de Lobby Folio AH013AW1682155 Hora: 17 oct 2024 10:00 a. m. Santiago Entrar Zoom Reunión https://us02web.zoom.us/j/87402316312?pwd=YvmnbV8wOH8V1NoJMT1DvkeSuwNKQ8.1 ID de reunión: 874 0231 6312 Código de acceso: 845323 |
Duración | 0 horas, 50 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Guilllermo Antonio Vásquez Maldonado | Gestor de intereses | Asesorías Jurídicas Moller y Abadie Limitada | |
Sebastián Nicolás Encina Orrego | Gestor de intereses | Asesorías Jurídicas Moller y Abadie Limitada | |
Cristian Valdés |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
Se presenta Start-up Lexy, de asesoría legal en materia de renegociaciones a través de Defensoría Deudor, exponiendo en una PPT en que se abordan, los que, a juicio de los asistentes, serían los principales problemas en el Procedimiento Concursal de Renegociación. Se manifiesta que existen: -Problemas normativos plantean que la Ley no es clara en relación con el momento en que inicia la Protección Financiera Concursal en renegociación y. En este caso, plantean que la presentación de la Solicitud de inicio del Procedimiento Concursal de Renegociación es la que debería interpretarse como la generadora de la ProtecciónFinanciera Concursal, para efectos de la protección otorgada por el artículo 264 N.º 4 de la Ley N.º 20.720, esto es, la notificación de procedimientos ejecutivos una vez dictada la resolución de admisibilidad del procedimiento. Indican que se han hecho presentaciones ante Tribunales al respecto sin entregar mayores detalles. -Problemas de gestión relativos a retraso en la dictación de resoluciones, falta de criterios unificados y problemas existentes en la plataforma de ingreso de las solicitudes, lo que generaría perjuicio en caso que los deudores sean notificados de alguna demanda. Manifiestan que, de conformidad a sus mediciones, la Superintendencia tiene 40,05 días de atraso en la dictación de resoluciones, los cuales calculan contando días corridos. -Plantean que se regule el número de rectificaciones que se puedan presentar respecto do una Solicitud. -Problemas con los acreedores en relación con la dificultad que experimentan los deudores para conseguir la documentación para poder acogerse al procedimiento, ya que los acreedores esgrimen una serie de pretextos para no entregar la documentación que acredita el vencimiento, con los requisitos que pide la NCG de la SUPERIR. -Proyección de aumento de la Solicitudes: De conformidad a sus proyecciones, a abril de 2024 estarán presentando 400 casos de renegociación mensuales. Proponen abordar estos problemas con: - Mesas de trabajo - Instancias de participación ciudadana - Reuniones de lobby Se les pide que manden la presentación para analizar los planteamientos de la reunión. |