Se informa que, para el cumplimiento de las obligaciones legales subsistentes del liquidador excluido, y las obligaciones del actual liquidador titular, la Superintendencia dictó el Instructivo Superir N.º 1 de 2024, aprobado mediante Resolución Exenta N.º 4389 de 4 de abril de 2024.
En relación con lo anterior, se hace presente que, el actual liquidador titular es quien en cumplimiento de sus deberes y obligaciones, debe dar curso progresivo al procedimiento, debiendo evaluar la procedencia de interponer la respectiva denuncia por haber tomado conocimiento de que el ex liquidador titular dispondría de fondos que no habrían sido entregados, ya que se podría configurar, eventualmente, alguno de los delitos económicos previstos y sancionados en el Código Penal y en leyes especiales. Lo anterior, sin perjuicio de las presentaciones que el deudor o sus representantes puedan efectuar ante la Superintendencia, a efectos de que se evalúen los antecedentes y se adopten las medidas necesarias.
Participó también en la audiencia Nicole Gortari Urrutia, abogada de la Unidad de Cumplimiento. |