Viviana Contreras - Audiencias
En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
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2022-08-31 12:03:00 | AH009AW1190873 | Gestor de intereses | Hugo Silva Negrete | FARMACIAS DE SIMILARES CHILE S.A. | Consultas asociadas al acta de Fiscalización 371-2022-RM-B-02S57977 y el informe al Servicio los antecedentes que permitan acreditar o dar cuenta de la corrección de cada uno de los hallazgos constatados. Por parte de la Subdirección de Fiscalización asiste también Angelica Caldera, Jefa Unidad Análisis Jurídico de Fiscalización. |
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Gestor de intereses | Carla URIBE | FARMACIAS DE SIMILARES CHILE S.A. | ||||
Gestor de intereses | MARIA FERNANDA ZAPATA ROMERO | FARMACIAS DE SIMILARES DE CHILE | ||||
2022-08-10 11:05:00 | AH009AW1173897 | Gestor de intereses | Carlos Jorquera Ibáñez | INMOBILIARIA NOVA S.A. | consulta asociada al Acta de Fiscalización 317-2022-COQ-B-02S87054 Asiste también a la reunión la Jefa de la Unidad de Análisis Jurídico de Fiscalización, Angelica Caldera. |
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2022-07-05 11:02:00 | AH009AW1155516 | Lobbista | Jaime Lorenzini | TOYOTA CHILE S.A. | Fiscalización a pieza publicitaria de Toyota de junio 2022 y observaciones levantadas por Sernac. Criterios de fiscalización de piezas publicitarias de Toyota. Confirmar criterios de información obligatoria que Toyota deba incluir en sus piezas publicitarias. |
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Lobbista | MATÍAS Roa | TOYOTA CHILE S.A. | ||||
Gestor de intereses | ANDRÉS WILLAT HERRERA | TOYOTA CHILE S.A. | ||||
Gestor de intereses | JENNIFER MULLER BIRMAN | TOYOTA CHILE S.A. | ||||
2022-04-27 11:00:00 | AH009AW1105756 | Gestor de intereses | Piero Rojas | Carla Bordoli Calcutta | Seguimiento del proceder del Sernac respecto a derecho a petición ingresado el día 31 de julio del año 2020. Petición relacionada con infracciones a la LPDC. Asimismo, obtener información respecto a las Alertas ciudadanas N°A2020W3959301; A2020W4162595 y A2020W4100274. Última reunión se informó que se tomaría decisión en marzo. | Ver detalle |
2022-03-23 10:03:00 | AH009AW1087211 | Lobbista | Jaime Lorenzini | Jaime Lorenzini | La reunión tiene por objeto exponer al SERNAC la visión y preocupación de empresas comercializadoras de automóviles y el gremio automotriz respecto de las nuevas obligaciones establecidas por la Ley N°21.398 que modificó la Ley del Consumidor y particularmente sobre el futuro Reglamento que Regula el Derecho a Retracto en los bienes de consumo y otras disposiciones como el artículo 12 c. La reunión solicitada busca abordar los siguientes puntos: i) Regulación actual en la ley no es clara, y se requiere claridad por vía interpretativa. La modificación normativa estableció que el derecho a retracto aplicaría a los bienes adquiridos por medios electrónicos o a distancia (con ciertas exclusiones) y también a los bienes en que no se tuvo acceso directo al momento de la compra presencial. En dicho escenario, por la naturaleza del negocio automotriz, no existe claridad respecto de la eventual aplicación del derecho a retracto en los vehículos motorizados que se venden de forma presencial. Existen diversos aspectos normativos y prácticos que dan cuenta de la necesidad de delimitar correctamente vía reglamentaria la aplicación del derecho a retracto, particularmente sobre bienes como los vehículos que por su propia naturaleza no resultaría aplicable tal disposición. ii) La aplicación de la norma legal sin la necesaria precisión y aclaración que aporte una circular u otra manera de interpretar propuesta por el SERNAC, puede constituir un obstáculo técnico al comercio en la industria de los automóviles. El 100% de los vehículos en Chile son importados, y esta importación se afecta significativamente si acaso no hay un reglamento que aborde la correcta aplicación y entendimiento de la norma legal. iii) Se requiere una nueva interpretación para diversas aristas del artículo 12c de la ley del consumidor. Por lo anterior, se requiere de potestad interpretativa para ahondar en estos temas. |
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Gestor de intereses | elena yubero | Automotores Gildemeister SpA | ||||
Gestor de intereses | Marcello Marchese | Automotores Gildemeister SpA | ||||
2022-03-10 11:32:00 | AH009AW1078349 | Gestor de intereses | Piero Rojas | Carla Bordoli Calcutta | Seguimiento del proceder del Sernac respecto a derecho a petición ingresado el día 31 de julio del año 2020. Petición relacionada con infracciones a la LPDC. Asimismo, obtener información respecto a las Alertas ciudadanas N°A2020W3959301; A2020W4162595 y A2020W4100274. Última reunión se informó que se tomaría decisión en febrero. Con fecha 14/02/2021 se aportan nuevos antecedentes respecto a la vigencia de las infracciones denunciadas. | Ver detalle |
2021-12-16 11:03:00 | AH009AW1040469 | Gestor de intereses | Piero Rojas | Piero Rojas | Seguimiento del proceder del Sernac respecto a derecho a petición ingresado el día 31 de julio del año 2020. Petición relacionada con infracciones a la LPDC. Asimismo, obtener información respecto a las Alertas ciudadanas N°A2020W3959301; A2020W4162595 y A2020W4100274. Última reunión se informó que se tomaría decisión en Noviembre. | Ver detalle |
2021-12-06 12:05:00 | AH009AW1048360 | Gestor de intereses | Víctor Toledo | Automotriz Cordillera S.A. (Salazar e Israel) | El objeto de la audiencia solicitada es abordar con la señora Subdirectora de Fiscalización (S) el requerimiento de información formulado a Automotriz Cordillera S.A, a través del Ord. N° 6480, de 25 de noviembre de 2021, del SERNAC, planteándole las dudas, inquietudes y consultas relativos al mismo, como también que se precise su alcance y contexto, de manera de responder adecuadamente a dicha solicitud. | Ver detalle |
Gestor de intereses | Andrés Herrera | Automotriz Cordillera S.A. (Salazar e Israel) | ||||
Gestor de intereses | Rodrigo Mateluna | Automotriz Cordillera S.A (Salazar e Israel) | ||||
2021-11-29 12:37:00 | AH009AW1045135 | Gestor de intereses | María Figueroa | Chilexpress S.A. | Entender los antecedentes que fundan la resolución N° 6285 en la cual se solicita información sobre política de medios de pago, por posible infracción a derechos de los consumidores, así como el alcance de la información solicitada. Se le explica a la empresa, que esta fiscalización se desarrolla en conjunto a varias empresas, luego de que surgieran quejas en redes sociales y reclamos recibidos por el Servicio. En el caso particular de la empresa Chilexpress, a la fecha en que se envío el oficio se contaba con un reclamo en relación a este requerimiento, que había sido respondido por la empresa, se hace hincapié, en que los reclamos se utilizan como insumo, y el reporte es de una fecha acotada, por lo tanto, no se podría afirmar que la empresa presenta un solo reclamo, para mayor precisión, se informa a la empresa, que debe revisar sus propios reclamos publicados en el Portal del Proveedor. Se indica que el requerimiento se sustenta en el contexto a la actitud de ciertos proveedores que no reciben medio de pago en efectivo, se precisa que este requerimiento solo se enfoca al canal presencial. |
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2021-09-16 11:00:00 | AH009AW0997945 | Gestor de intereses | Piero Rojas | Carla Bordoli Calcutta | Seguimiento del proceder del Sernac respecto a derecho a petición ingresado el día 31 de julio del año en curso. Petición relacionada con infracciones a la LPDC. Asimismo, obtener información respecto a las Alertas ciudadanas N°A2020W3959301; A2020W4162595 y A2020W4100274. Última reunión quedaron de tomar decisión en Agosto. | Ver detalle |
2021-09-08 12:05:00 | AH009AW0999689 | Gestor de intereses | Mario Maturana | Laika Universo Peludo Spa | La empresa expone que son una empresa que está partiendo y en este contexto expone que publicaron una aviso en Diario Lun, también expresa su voluntad de corregir la conducta. Por parte del Servicio, se explica que la fiscalización parte en marzo de 2019, que es desde cuando el Servicio cuenta con esta facultad, por lo cual se realiza un permanente monitoreo de publicidad para controlar el cumplimiento de los estándares definidos en la Ley del Consumidor. Se explica además, las posibilidades que tiene la empresa para responder dentro del plazo otorgado en el Acta (10 días hábiles) y que luego de esto, se realizará el análisis y se determinarán los cursos de acción de acuerdo a los lineamientos generales del Servicio. Se le indica a la empresa que la normativa fiscalizada se enmarca en la Ley 19.496 y se encuentra detallada en el Acta de fiscalización. La empresa expresa su compromiso y reitera su disposición para futuras publicaciones. Finalmente, por parte del Servicio, se refuerzan los canales formales para la presentación de su respuesta, dentro del plazo otorgado. |
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Gestor de intereses | Nathaly Espíndola | Laika Universo Peludo Spa | ||||
Gestor de intereses | Francesca Cáceres | Laika Universo Peludo Spa |