Audiencias - Año 2022 - Gonzalo Rojas - Audiencia AH009AW1080169
Información General
Identificador | AH009AW1080169 |
Fecha | 2022-02-28 15:00:00 |
Forma | Videoconferencia |
Lugar | SANTIAGO CENTRO |
Duración | 0 horas, 45 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Valentina Fernanda Gómez Ortiz | Lobbista | Enjoy S.A. | PORSCHE INTER AUTO CHILE SpA |
Fernando Fernández | Gestor de intereses | Fernández y Compañía Limitada | PORSCHE INTER AUTO CHILE SpA |
Andrea Ustáriz Pérez | Gestor de intereses | PORSCHE INTER AUTO CHILE SpA | |
Josefa Elena Espinosa Schlack | Gestor de intereses | PORSCHE INTER AUTO CHILE SpA |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
Posibilidad de cerrar por conciliación u otro mecanismo la causa Rol 21.839-5-2021 caratulada "Servicio Nacional del Consumidor con Porsche Inter Auto Chile SpA", que se conoce en el Segundo Juzgado de Policía Local de Las Condes. En ese contexto, se pretende explicar la posición de la compañía en dicho caso, a modo de demostrar que la empresa a cumplido con la legislación vigente. Materias abordadas en la Reunión: 1. Gestores de intereses presentan su caso, mediante presentación mediante Power Point, haciendo referencia al juicio de interés general iniciado por el Servicio en contra de Porsche Inter Auto Chile SpA, Rol 21839-2021 que se tramita ante el Segundo Juzgado de Policía Local de Las Condes. En dicha presentación se denuncia al proveedor ya mencionado por infringir lo dispuesto en los artículos 3° inciso primero letra b), 23° inciso primero, 28° letra c), 30° y 35° de la Ley N° 19.496, por cuanto, en una pieza publicitaria cuyo anunciante es Porsche Inter Auto y que fue objeto de una fiscalización por parte del Servicio, no habría indicado el rendimiento energético de los modelos objeto de la publicidad lo contravendría lo dispuesto en el DS N° 61 del Ministerio de Energía. 2. En este sentido, explican que a su juicio consideran que no estarían obligados a señalar en la publicidad el rendimiento energético de los vehículos ya que la pieza no versaría sobre modelos, sino que de una línea de vehículos y el DS utiliza el vocablo “modelos” para la obligatoriedad de informar el rendimiento energético. Lo que habría sido informado a la Subdirección de Fiscalización en una reunión llevada a cabo el año 2020. En razón de esto, solicitan que se evalúe la posibilidad de transigir u otro mecanismo para poner término al juicio. 3. Ante esta situación, se explica que al versar la acción interpuesta sobre materia infraccional, no sería posible transigir y, por lineamientos estratégicos del Servicio no podemos desistirnos ni retirar la denuncia, sin perjuicio de que se tendrán presente los argumentos expuestos en la presentación realizada en la reunión. Horario inicio 15:00 horas Horario finalización 15:45 horas |