Audiencias - Año 2015 - Paolo Trejo - Audiencia AH002AW0016935

Información General
Identificador AH002AW0016935
Fecha 2015-12-29 15:30:00
Forma Presencial
Lugar Oficinas Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, Bellavista 168, piso 18, Valparaíso
Duración 0 horas, 30 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Camilo Samuel Riffo Moraga Gestor de intereses S.T.I de la pesca artesanal Península de Hualpén
Luis Wladimir Andrades Andrades Gestor de intereses S.T.I de la pesca artesanal Península de Hualpén
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
Se plantea a la autoridad la posibilidad de que ésta deje sin efecto la Resolución Exenta N° 1556 de 2015 que otorgó al STI de la Pesca Artesanal, Buzos Mariscadores, Acuicultores, Algueros, Recolectores y Actividades Conexas de la Caleta Chome, Comuna de Hualpén, el área de manejo Chome, en la VIII Región.
Se expresa que el Sindicato se encontraría en la imposibilidad de realizar faenas de Pesca y turismo en el sector. Por otra parte, señalan no entender que se haya resuelto la contienda de competencia que existía con el otro sindicato sin que estuviera vigente el reglamento que fija la forma de ponderación de los criterios establecidos en la ley. Finalmente, se plantea que los integrantes del sindicato ganador no serían en su totalidad pescadores artesanales, y que muchos de ellos estarían contratados por la municipalidad, sin embargo no pueden acompañar las pruebas necesarias para acreditar sus dichos.

El Jefe de la División Jurídica les explica en primer lugar que la resolución 1556 de 2015 que resolvió la competencia está dictada con pleno apego a la ley, ya que aun cuando no exista el reglamento, en virtud del principio de inexcusabilidad que consagra la Ley N° 19.880, la autoridad debe emitir un pronunciamiento sobre la materia sometida a su conocimiento.
Asimismo, se le indica que no teniendo las pruebas para demostrar sus dichos, esta Subsecretaría no puede dejar sin efecto la resolución, pero se les explica que en caso de obtener las pruebas pueden solicitar la invalidación de la misma, dentro del plazo de 2 años.
Para finalizar, se les comenta que pueden ir a conversar con profesionales del departamento técnico con el objetivo de que averigüen si existen sectores o áreas que no hayan sido asignadas, con el fin de que puedan solicitarlas.