Javiera Ascencio - Audiencias

En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.

Fecha Identificador Asistentes Representados Materia Detalle
2023-11-08 10:00:00 AF001AW1445054 Gestor de intereses Bárbara Ortiz Bárbara Ortiz Gelvez El 26 de octubre de 2023, Barbara Ortiz realizó una solicitud de audiencia vía plataforma Ley del Lobby al Ministerio Secretaría General de la Presidencia (Segpres). Tras ello, el gabinete Ministerial derivó la solicitud a la la jefa de la División de Estudios de Segpres, Javiera Ascencio. Tras ello, el miércoles 8 de noviembre se realizó la audiencia, donde Barbara Ortiz, enfermera de Práctica Avanzada en Oncología, presentó recomendaciones respecto a la implementación de la Ley Nacional del Cáncer. Dichas recomendaciones e información obtenida en la reunión fueron informadas a las autoridades minsiteriales de Segpres. Ver detalle
2023-06-29 10:00:00 AF001AW1409063 Gestor de intereses Denisse Delorme DENISSE DELORME CANALES La agrupación Acceso Educativo Igualitario representada por la Sra. Denisse Delorme, realizó una solicitud de audiencia vía plataforma Ley del Lobby al Ministerio Secretaría General de la Presidencia (Segpres). Tras ello, el gabinete de la Subsecretaría derivó la solicitud a la la jefa de la División de Estudios de Segpres, Javiera Ascencio. Tras ello, el mismo día se realizó la audiencia, donde Denisse Delorme, presentó diversos problemáticas y recomendaciones respecto a la Ley N°. 20.845 y la Superintendencia de Educación. De forma posterior, dichas alertas y recomendaciones fueron informadas a las autoridades minsiteriales de Segpres Ver detalle
Gestor de intereses Alejandra Jiménez ALEJANDRA JIMENEZ GAMBOA
2023-04-11 11:00:00 AF001AW1307667 Gestor de intereses Francisco Armanet Francisco Armanet 1) Tema tratado en la audiencias: Se recibió en audiencia al académico Francisco Armanet, quien nos señala que lleva años trabajando en un proyecto de liderazgo presidencial. El foco de su trabajo es qué hacer para motivar el trabajo de los servidores públicos y cómo educar a los altos cargos públicos, para que esto aumente la calidad del servicio y la productividad. Para esto armaron una propuesta de proyecto de ley basados en el modelo francés de ENA.

2) Temas propuestos por el requirente:
Excelentísima señora o señorita Macarena Lobos:

Me dirijo a usted en calidad de profesor universitario e investigador en las mejores prácticas de liderazgo presidencial con el propósito de presentarle un proyecto de ley de vital importancia para el desarrollo del sector público y la mejora de la gestión gubernamental en Chile. Dicha iniciativa busca recrear una versión mejorada de la Escuela Nacional de Administración (ENA), con el objetivo de educar a los directivos del poder ejecutivo en las ciencias de la administración antes de ejercer un cargo de jefatura en el sector público, siguiendo el exitoso modelo de la ENA de Francia. Es importante destacar que a fines de los años 60, el Estado Francés donó a Chile en la administración Frei Moltava una réplica del ENA, iniciativa que posteriormente no pudo materializarse producto del quiebre de la democracia chilena . El inmueble fue transferido a CEMA Chile, cuyo paradero actualmente se desconoce.

La formación de líderes gubernamentales es fundamental para garantizar una gestión eficiente y responsable en la administración pública, ya que existe evidencia científica reciente que el jefe directo explica el 70% de las variaciones de productividad de los grupos que dirigen, de la calidad de servicio que éstos entregan, y del compromiso y motivación de sus dirigidos. Sin embargo, muchos de estos líderes carecen de formación específica en la conducción de grupos, lo que dificulta el desempeño en sus cargos.

El ENA tendría como objetivo proporcionar a los directivos del sector público las herramientas, de los comportamientos y de los conocimientos necesarios para tomar decisiones efectivas y eficientes en la gestión de recursos públicos, basándose en evidencia científica irrefutable. La formación incluiría temas como administración pública, finanzas, gestión de proyectos y liderazgo, entre otros.
Como patrocinador de esta iniciativa, el Estado de Chile tendría la oportunidad de fortalecer la formación y profesionalización de los líderes gubernamentales, lo que redundaría en beneficios para la gestión pública y la calidad de los servicios que se brindan a los ciudadanos. Adicionalmente Chile sería un referente en América Latina para la formación de líderes de la alta dirección pública pudiendo educar a muchos miembros del poder ejecutivo regional.
Esta propuesta de proyecto de ley nace de una inesperada conclusión de la primera etapa de una investigación que iniciamos con John Kotter, profesor emérito de liderazgo de la Universidad de Harvard, en conjunto con el ex presidente de Chile, don Ricardo Lagos, en su calidad de presidente del Club de Madrid.
A continuación de este correo electrónico encontrará el proyecto de ley que he preparado para su consideración. Agradecería enormemente su atención a este importante asunto y espero sus comentarios.

Estaría encantado de poder ayudarlo en esta iniciativa, y si así lo deseare, le solicito, por medio de esta nota, una audiencia para entregarle más detalles sobre la génesis de este proyecto de ley y del impacto que podría tener en la generación de riqueza económica y social de Chile en el largo plazo.
Como pequeño gesto de agradecimiento por los grandes esfuerzos que están haciendo por Chile, en el link https://youtu.be/j9QCEly51l8 usted encontrará 9 consejos del mismo número de ex presidentes y primeros ministros que destacaron en materia de prosperidad económica, disminución de pobreza o que se distinguieron en materia de paz social (2 premios Nobel) Véalo; son 9 consejos que tienen evidencia científica de que sí funcionan. Deténgase en los consejos de Felipe Gonzales, Helen Clark y Luis Ignacio Lula da Silva. (Son 2 minutos de más de 20 horas de entrevistas)

Francisco Armanet

PROYECTO DE LEY PARA LA CREACIÓN DE LA ESCUELA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN (ENA) EN CHILE

TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1: Objeto de la Ley

La presente ley tiene como objeto la creación de la Escuela Nacional de Administración (ENA) en Chile, con el fin de formar y capacitar a los directivos y líderes del sector público en las mejores prácticas de gestión y liderazgo.

Artículo 2: Definiciones

Para los efectos de esta ley, se entenderá por:

a) ENA: Escuela Nacional de Administración.

b) Directivos del sector público: Aquellos funcionarios públicos que tengan a su cargo la toma de decisiones relevantes y la gestión de recursos y servicios públicos.

c) Mejores prácticas de gestión y liderazgo: Aquellas prácticas y conocimientos basados en evidencia científica que han demostrado ser efectivos en la gestión de recursos y liderazgo de organizaciones.

Artículo 3: Naturaleza Jurídica

La ENA será una institución pública, con personalidad jurídica y patrimonio propio, dependiente del Ministerio de Educación y con autonomía técnica, académica, financiera y administrativa.

Artículo 4: Fines de la ENA

Los fines de la ENA serán:

a) Formar y capacitar a los directivos del sector público en las mejores prácticas de gestión y liderazgo.

b) Desarrollar y promover la investigación en temas relacionados con la gestión y liderazgo del sector público.

c) Realizar actividades de extensión y difusión de conocimientos y prácticas en gestión y liderazgo del sector público.

Artículo 5: Sede de la ENA

La sede de la ENA será determinada por el Ministerio de Educación en coordinación con el Ministerio de Hacienda.

Artículo 6: Órganos de la ENA

Los órganos de la ENA serán:

a) El Consejo Directivo.

b) El Director Ejecutivo.

c) El Consejo Académico.

d) El Comité de Evaluación y Acreditación.

TÍTULO II: DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA ENA

Artículo 7: Composición del Consejo Directivo

El Consejo Directivo será el máximo órgano de dirección y estará integrado por:

a) El Ministro de Educación, quien lo presidirá.

b) El Ministro de Hacienda.

c) El Ministro de Economía.

d) El Director Ejecutivo de la ENA.

e) Dos expertos en gestión y liderazgo, designados por el Presidente de la República.

f) Un representante de los egresados de la ENA.

Artículo 8: Funciones del Consejo Directivo

El Consejo Directivo tendrá las siguientes funciones:

a) Establecer las políticas y estrategias generales de la ENA.

b) Aprobar el plan estratégico, el plan de estudios y los programas de investigación y extensión de la ENA.

c) Aprobar el presupuesto y la memoria anual de la ENA.

d) Nombrar y remover al Director Ejecutivo de la ENA.

e) Aprobar la creación de nuevos programas y cursos de formación en gestión y liderazgo para el sector público.

f) Establecer los requisitos y criterios de selección de los estudiantes de la ENA.

g) Establecer los criterios y procedimientos para la evaluación y acreditación de la calidad académica de los programas y cursos de la ENA.

h) Resolver los recursos de reconsideración presentados por los estudiantes y profesores de la ENA.

i) Proponer al Presidente de la República la designación de los expertos en gestión y liderazgo que integrarán el Consejo Directivo.

j) Cualquier otra función que le sea atribuida por la ley o por el Presidente de la República.

Artículo 9: Sesiones del Consejo Directivo

El Consejo Directivo sesionará con la presencia de la mitad más uno de sus miembros y sus decisiones se adoptarán por mayoría simple de los presentes. En caso de empate, el Presidente tendrá voto dirimente.

Las sesiones serán convocadas por el Presidente del Consejo Directivo y se llevarán a cabo al menos dos veces al año.

TÍTULO III: DEL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ENA

Artículo 10: Nombramiento del Director Ejecutivo

El Director Ejecutivo de la ENA será nombrado por el Consejo Directivo, a propuesta del Ministro de Educación.

Artículo 11: Funciones del Director Ejecutivo

El Director Ejecutivo de la ENA tendrá las siguientes funciones:

a) Dirigir la gestión académica, administrativa y financiera de la ENA.

b) Presentar al Consejo Directivo el plan estratégico, el plan de estudios y los programas de investigación y extensión de la ENA.

c) Presentar al Consejo Directivo el presupuesto y la memoria anual de la ENA.

d) Designar y remover al personal académico y administrativo de la ENA.

e) Aprobar los programas y cursos de formación en gestión y liderazgo para el sector público.

f) Coordinar y supervisar las actividades de investigación y extensión de la ENA.

g) Presentar informes periódicos al Consejo Directivo sobre la gestión de la ENA.

h) Cualquier otra función que le sea atribuida por la ley o por el Consejo Directivo.

Artículo 12: Duración del cargo del Director Ejecutivo

El Director Ejecutivo de la ENA será designado por un período de cuatro años, pudiendo ser reelegido por una sola vez.

TÍTULO IV: DEL CONSEJO ACADÉMICO DE LA ENA

Artículo 13: Composición del Consejo Académico

El Consejo Académico será el órgano encargado de velar por la calidad académica de los programas y cursos de la ENA. Estará integrado por:

a) El Director Ejecutivo de la ENA, quien lo presidirá.

b) El Coordinador Académico.

c) Los Jefes de Programa.

d) Dos expertos en gestión y liderazgo, designados por el Consejo Directivo.

e) Un representante de los estudiantes de la ENA.
Artículo 14: Programas de Estudio

La ENA ofrecerá programas de estudio para la formación y capacitación de directivos del sector público en las mejores prácticas de gestión y liderazgo. Estos programas podrán ser de diplomado o magíster y deberán contemplar tanto la teoría como la práctica en la gestión y liderazgo del sector público.

Artículo 15: Requisitos de Ingreso

Los requisitos para ingresar a los programas de estudio de la ENA serán establecidos por el Consejo Académico. En todo caso, se exigirá a los postulantes tener título profesional o equivalente y experiencia en el sector público.

Artículo 16: Evaluación del Aprendizaje

La evaluación del aprendizaje de los programas de estudio de la ENA será responsabilidad del Comité de Evaluación y Acreditación, y se realizará mediante pruebas, trabajos y proyectos, entre otras formas de evaluación.

Artículo 17: Acreditación

Los programas de estudio de la ENA deberán ser acreditados por el Consejo Nacional de Educación, de acuerdo a las normas y criterios establecidos por este.

Artículo 18: Becas y Financiamiento

La ENA podrá otorgar becas a los estudiantes de sus programas de estudio, las que podrán ser totales o parciales, según lo establecido por el Consejo Directivo. Asimismo, la ENA podrá financiarse con recursos propios, con aportes del Estado, de organismos internacionales y de otras fuentes.

Artículo 19: Publicidad de los Programas de Estudio

La ENA deberá publicitar los programas de estudio que imparte, los requisitos de ingreso, los objetivos de formación, los contenidos, los planes y programas de estudio, los aranceles y demás antecedentes relevantes.

Artículo 20: Actividades de Extensión

La ENA podrá realizar actividades de extensión, tales como seminarios, conferencias, cursos y otros, con el objeto de difundir conocimientos y prácticas en gestión y liderazgo del sector público.

TÍTULO IV: DISPOSICIONES FINALES

Artículo 21: Vigencia y Derogación

Esta ley entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga todas las disposiciones que se opongan a ella.

Artículo 22: Reglamentación

El Consejo Directivo de la ENA deberá dictar su reglamento interno dentro de los seis meses siguientes a la fecha de entrada en vigencia de esta ley.

Artículo 23: Financiamiento

El financiamiento para la implementación y funcionamiento de la ENA se efectuará con cargo al presupuesto de la Nación y con los recursos que se obtengan por la vía de donaciones, legados y otras contribuciones que, sin ser ingresos fiscales permanentes, puedan destinarse a tal efecto.

Artículo 24: Donación del Estado Francés

Los recursos provenientes de la donación del Estado Francés, destinados a la creación de la ENA, se incorporarán al presupuesto de la Nación y se destinarán exclusivamente a la implementación y funcionamiento de la ENA.

Artículo 25: Derogaciones

Deróganse todas las disposiciones que se opongan a la presente ley.
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2023-02-15 10:00:00 AF001AW1280993 Gestor de intereses Julio Esteban Melo García vLex Chile / Distribuciones Jurídicas de Chile SpA En reunión virtual que duró 30 minutos se escuchó la presentación del Sr. Matías Jaramillo en representación de vLex Chile. En la reunión, el Sr. Jaramillo se refirió a los productos que vLex Chile ofrece y describió la manera en que funciona la plataforma de búsqueda de legislación, normativa, jurisprudencia, noticias y comentarios legales, tanto a nivel nacional como internacional. Ver detalle
2022-12-14 11:00:00 AF001AW1245753 Gestor de intereses Cristian CHEUQUE Cristian En reunión que duró aproximadamente 30 minutos se recibió al Sr. Cristian Cheuque en representación de la Fundación Pulso 2046. En la reunión se escuchó la presentación del Sr. Cheuque sobre los objetivos de la fundación que representa dedicada a innovación democrática y sostenible, y se refirió al programa y foro que esperan realizar en Chile. Ver detalle
2022-12-12 12:00:00 AF001AW1236751 Lobbista Felipe Simonsohn ASOCIACIÓN CHILENA DE PLATAFORMAS DE MOVILIDAD En reunión que duró aproximadamente 30 minutos se recibió a los señores Felipe Simonsohn y Pablo Tromben, ambos en representación de la Asociación Chilena de Plataformas de Movilidad (Achiplam). En la reunión se escuchó la opinión de los señores Simonsohn y Tromben respecto a la tramitación del proyecto de ley que “Regula a las aplicaciones de transporte remunerado de pasajeros y los servicios que a través de ellas se presten” (Boletín N° 11934-15). Ver detalle
Gestor de intereses Mónica Collell ASOCIACIÓN CHILENA DE PLATAFORMAS DE MOVILIDAD
Gestor de intereses Pablo Tromben ASOCIACIÓN CHILENA DE PLATAFORMAS DE MOVILIDAD
Gestor de intereses María Fernández ASOCIACIÓN CHILENA DE PLATAFORMAS DE MOVILIDAD
2022-12-07 12:00:00 AF001AW1239777 Gestor de intereses claudio sule fernandez Red de gobiernos locales y regionales de América Latina por el Desarrollo Sostenible No se presentó a la audiencia, esperándolo 50 minutos. Ver detalle
2022-11-24 10:30:00 AF001AW1234967 Gestor de intereses Francis Valverde Francis Valverde Mosquera En reunión que duró aproximadamente 45 minutos se recibió a Francis Valverde, Paulina Fernández, Jorge Martínez y Luisa Álvarez, todos en representación de la organización “Bloque por la Infancia”. Se escuchó la opinión de los asistentes respecto al contenido del proyecto de ley, iniciado en Mensaje de S. E. el Presidente de la República, sobre armonización de la ley N° 21.302, que Crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia y Modifica Normas Legales que Indica, y la ley N° 20.032, que Regula el Régimen de Aportes Financieros del Estado a los Colaboradores Acreditados, con la ley N° 21.430, Sobre Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia (Boletín N° 15.351-07) Ver detalle
Gestor de intereses Paulina Fernández Paulina Fernandez Fawas
Gestor de intereses Jorge Martinez Muñoz Jorge Marinez Muños
Gestor de intereses Juan Venegas Juan pablo Venegas Gormaz
Gestor de intereses Luisi Álvarez González Luisi Alvarez Gonzalez
2022-11-23 10:30:00 AF001AW1225646 Gestor de intereses Iris Fernández Monachi AG No se presentaron a la reunión Ver detalle
Sujeto Pasivo Efrain Barahona
Sujeto Pasivo Diego Barahona
Sujeto Pasivo Daniel Obando España
Sujeto Pasivo Mario Flores
Sujeto Pasivo Robustiano Henriquez
2022-11-03 11:00:00 AF001AW1220562 Gestor de intereses Marcela Guillibrand Ahora Nos Toca Participar Participación ciudadana Ver detalle
Gestor de intereses Eiden Rojas Ahora Nos Toca Participar
2022-10-12 11:00:00 AF001AW1211309 Gestor de intereses Claudio Magliona Asociación Chilena de Empresas de Tecnologías de Información A.G. En reunión que duró aproximadamente 45 minutos se recibió a la Srta. Bárbara Reyes y el Sr. Claudio Magliona en representación de la Asociación Chilena de Empresas de Tecnologías de Información A.G; a las Sras. Macarena Gatica y Francisca Ortega en representación de la Cámara Chilena Norteamericana de Comercio – AmCham Chile; y, el Sr. Raúl Arrieta en representación de la Cámara de Comercio de Santiago. En la reunión se escuchó la opinión de los asistentes respecto a la tramitación del proyecto de ley que regula la protección y el tratamiento de los datos personales y crea la Agencia de Protección de Datos Personales (Bol. N°11144-07 refundido con 11092-07 Ver detalle
Gestor de intereses Carlos Augusto Sergio Soublette Larraguibel CAMARA DE COMERCIO DE SANTIAGO A G
Gestor de intereses Bárbara Reyes Bárbara Reyes
Gestor de intereses Macarena Gatica Cámara Chilena Norteamericana de Comercio - AmCham Chile
2022-10-12 10:00:00 AF001AW1209444 Gestor de intereses Mario Flores MONACHI AG En la audiencia la Asociación Gremial de Apicultores de Chile-MONACHI presentan las preocupaciones y problemáticas que viven actualmente pequeñas y medianas empresas del sector apícola. Además, se presentan una serie de propuestas para la mejora de las políticas públicas que fomenten y apoyen el sector por medio de la investigación, educación, fiscalización y creación de organismos públicos responsable de guiar las políticas apícolas. Por último, se hace presente la importancia del seguimiento y cumplimiento de los Proyectos de Resolución N°284, 388 y 412 aprobados por la Cámara de Diputadas y Diputados. Ver detalle
Sujeto Pasivo Iris Fernández
Sujeto Pasivo Daniel Iraira
Sujeto Pasivo Robustiano Henriquez
Sujeto Pasivo Daniel Obando España
Sujeto Pasivo Luis Carlos Ríos Bustamante
Sujeto Pasivo Efrain Barahona
Sujeto Pasivo Diego Barahona
2022-10-11 11:00:00 AF001AW1210425 Gestor de intereses Cristobal Aninat Urrejola MercadoLibre Chile Limitada Se recibió al Sr. Cristóbal Aninat, Gerente de Asuntos Públicos de la empresa Mercado Libre Chile Limitada y al Sr. Felipe Álvarez, Subgerente de Asuntos Públicos de la misma empresa. Se escuchó la opinión de los señores respecto a la tramitación del proyecto de ley que regula la protección y el tratamiento de los datos personales y crea la Agencia de Protección de Datos Personales (Boletín N°11.144-07) Ver detalle
Gestor de intereses Alan Mayer MercadoLibre Chile Limitada
2022-08-05 10:00:00 AF001AW1167198 Gestor de intereses Igor Morales Villena Centro de Innovación para las Contrataciones y el Abastecimiento Estatal (CICAB) Hemos tomado conocimiento que antes de las 12 de hoy se ingresar Indicaciones que no son conocidas por las entidades especialistas de la materia en el Consejo de la Sociedad Civil de la Dirección de Compras y Contratación Pública del Boletín 14137-05, que "Moderniza la ley N°19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado". Ver detalle