Exponer situación y buscar solución a condición de inhabilidad de Fundación en Registro de Proveedores de Mercado Público, basada en artículo 92, N° 3 del DS 250 de 2004 referido a existencia y “registro de deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes”, en circunstancias de no estar incurriendo en esa causal.
En efecto, hoy, si bien existe deuda previsional, esta no supera los 8 meses (documentada). Y, teniendo la evidencia documental de ello, con las respectivas planillas de pago, Equifax no permite actualización parcial, por lo tanto, Registro de Proveedores no actualiza y mantiene condición de inhabilidad, a pesar de no existir causal.
Por lo expuesto, expondremos evidencia, para resolver. |