Audiencias - Año 2020 - Roberto Armando Fernandez Olivares - Audiencia AE007AW0872870
Información General
Identificador | AE007AW0872870 |
Fecha | 2020-10-01 09:30:00 |
Forma | Videoconferencia |
Lugar | DIRECCION REGIONAL ADUANA VALPARAISO |
Duración | 1 horas, 30 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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RODRIGO González | Gestor de intereses | CODELCO CHILE DIVISION EL TENIENTE | Caso y Cía |
Maria de la Purificación Perez | Gestor de intereses | Caso y Cía | |
Humberto Cuevas Silva | Gestor de intereses | Caso y Cia S.A. | |
Francisca Marshall | Gestor de intereses | Caso y Cia |
Materias tratadas
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
SOLICITADA POR EL ABOGADO SEÑOR RODRIGO GONZALEZ HOLMES EN REPRESENTACION DE LA EMPRESA CASO Y CIA. SAC. I .- ANTECEDENTES. FORMULARIO SOLICITUD AUDIENCIA LEY N° 20.730 - FOLIO N° AE007AW 753316 1.- MATERIAS ABORDADAS EN LA AUDIENCIA. ACTA REUNION DE LOBBY Explicación y entrega de antecedentes sobre tratamiento aduanero en la importación de productos según Resolución N° 6262 de 04-09-2019 emitida por Aduana de Valparaíso que ordena toma de muestras , obtención de fichas técnicas de la composición nutricional de las mercancías importadas de acuerdo a las tramitaciones aduaneras realizadas desde el año 2018 a la fecha , declaradas bajo la partida 20.09 , a la empresa en proceso de fiscalización CASO y CIA. SAC. 2.- FECHA Y HORA DE INICIO. Día , 01-10-2020 DE : 09.30 a 10.45 HRS. VIA APLICACIÓN TEAMS. 3.- PARTICIPANTES EN LA REUNION. Por la Importadora CASO S.A.C. : Rodrigo Fernando González Holmes ; María de la Purificación Pérez ; Francisca Marshall ; Humberto Cuevas Silva. Por el Servicio de Aduanas : Roberto Fernández Olivares ; Loreto Lizama Valle ; Catalina Triviño Saavedra ; Edith Carrasco Collao ; Rubén Parra Vergara ; Verónica Santoro Pletikosic ; Marcela Fritz Quintana ; Carlos Pascual Gaete ; Daniel Vergara Toledo. II .- ACTIVIDADES 1.- El señor Rodrigo González Holmes , en representación de la Empresa CASO y CIA. SAC., agradece la oportunidad de exponer y dar conocer la problemática que aqueja la importación de los productos JUMEX al País. 2.- El Director Regional de la Aduana de Valparaíso , señor Roberto Fernández Olivares confirma que con antelación a esta reunión de Lobby , tomo conocimiento sobre el particular. 3.- El señor Humberto Cuevas Silva , gerente general de la empresa hace una reseña histórica de la empresa y su actual estado en comercio nacional e internacional. 4.- El señor Rodrigo González Holmes , abogado de la empresa explica el contexto tributario de la mercancía. 5.- La señora María de la Purificación Pérez Escobedo expone sobre el régimen jurídico de control aplicable a la internación y comercialización en Chile , de los productos del tipo NÉCTARES , en mérito de las definiciones y requisitos contenidos en el Reglamento Sanitario de los Alimentos y requisitos Supremo N° 977/96 del Ministerio de Salud, en consideración de la necesidad de evitar eventuales errores en su clasificación como un producto distinto. Se refiere al producto YUMEX dando a conocer sus componentes , sus porcentajes, estableciendo una diferencia entre jugos y néctares. Menciona el Art. 487 del Reglamento Sanitario de los alimentos ( RSA). , Decreto Supremo N° 977/96. del Ministerio de Salud , en consideración de evitar eventuales errores en su clasificación como un producto distinto. Se refiere a los productos JUMEX , señalando que corresponden a néctares , dado que cumplirían con todos los requisitos exigidos por el RSA (Artículos 485 y 486 ) , mencionando además que el artículo 487 del RSA contiene los valores mínimos de sólidos solubles en las frutas . Por otra parte, señala las diferencias entre jugos y néctares. Además, hace presente que todas las fichas técnicas de productos afectados estarían en poder del Servicio de Aduanas. 6.- Rodrigo González Holmes, abogado de la empresa señala que de acuerdo al Art. 486 del RSA , las autoridades sanitarias estiman que producto es un néctar y que sería errado gravarlo con el impuesto adicional del azúcar. 7.- El señor Roberto Fernández Olivares opina que hay que profundizar el tema, investigar , conciliar los criterios y luego verificar la clasificación arancelaria con quien corresponda. 8.- La señora Verónica Santoro Pletikosic., Jefa Departamento Laboratorio Químico/Subdirección de Fiscalización de la Dirección Nacional de Aduanas, opina que efectivamente se trata de un tema arancelario. 9.- El señor Daniel Vergara Toledo consulta : * * sobre el criterio del Servicio de Impuestos internos , respecto del impuesto que grava la venta de estos productos. * Si hay productos similares en el mercado nacional y si pagan impuestos. Solicita que se remitan el Oficio 1254/2006 . III .- NORMATIVA MENCIONADA Reglamento Sanitario de los alimentos. (RSA). TITULO XXVII –párrafo II ART. 485-486-487 TITULO XXVII ART. 478-481 TITULO XXVII ART. 482-483-484 TITULO XXVII ART. 485-486 TITULO XXVII ART. 487 DOCUMENTACION PRESENTADA Listado de gama de bebestibles dependiendo de la mayor o menor presencia de frutas. Fórmula de cálculo del néctar. Fichas técnicas. |