Audiencias - Año 2024 - Pablo Muñoz - Audiencia AE006AW1703780
Información General
Identificador | AE006AW1703780 |
Fecha | 2024-11-29 11:00:00 |
Forma | Presencial |
Lugar | Profesora Amanda Labarca 124, piso 4 Santiago |
Duración | 1 horas, 0 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
---|---|---|---|
Alejandro Jordan | Gestor de intereses | Alejandro Jordan Herrera | |
Victoria González | Gestor de intereses | Victoria Gonzalez | |
Muriel Briones |
Materias tratadas
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
Santiago, 13 de noviembre de 2024 Señora Pablo Muñoz Carvajal Subdirección de Avaluaciones Servicio de Impuestos Internos (SII) Presente Estimado Señor Pablo Muñoz Carvajal: Agradecemos enormemente nos pueda recibir, para poder explicarle nuestro caso y solicitar se establezca un avalúo fiscal del predio Chacra 6 Río las Minas, Rol 05024-00010 de Punta Arenas que se ajuste a condiciones reales del terreno, ya que por la normativa actual del Municipio no se puede construir (ni aun con mitigaciones) en zonas inundables, que es como está caracterizado este terreno. En septiembre pasado tuvimos Audiencia con la Sra. María Alicia Muñoz Musre quien en la oportunidad y atendiendo a nuestro caso, nos indicó que presentáramos una nueva petición administrativa solicitando la rebaja de las contribuciones y quedó de hablar al respecto con la Dirección Regional del SII de Punta Arenas. Así lo hicimos, pero -por razones que no entendemos- al consultar por el estado de nuestra petición administrativa, en la página web del SII aparece que no tenemos ninguna petición presentada (adjuntaremos en la Audiencia documento que acredita que sí se hizo la solicitud). Dada esta situación es que desde hace algunas semanas estábamos escribiendo a la Sra. María Alicia Muñoz Musre, pero recientemente nos enteramos de que ella ya no ejerce como Subdirectora de Avaluaciones, cargo que ahora le corresponde a usted. De allí esta solicitud de Audiencia. Respecto a nuestro caso, delbpredio Chacra 6 Río las Minas, Rol 05024-00010 de Punta Arenas, cabe señalar que incluso el SERVIU nos ha indicado que por emergencia habitacional se encuentra buscando terrenos, pero que nuestro predio no puede ser seleccionado, porque gran parte es zona de riesgo por desborde de cauces emplazados en el medio del inmueble. También llevaremos esta carta del SERVIU, donde explica que no se puede construir en el terreno y también un informe de Contraloría al respecto. O sea, el valor real fiscal, debería ser una ínfima porción de lo que se tiene establecido. Esta caracterización del terreno como zona inundable rige desde el año 2019, por lo cual solicitamos también se considere esta adecuación en forma retroactiva. La razón por la cual solicitamos recién este año la rebaja del avalúo se debe a que sólo recientemente nos dimos cuenta que hemos estado pagando un elevadísimo monto en contribuciones por un terreno que en realidad tiene escaso valor económico y que no puede ser utilizado. Pasamos a explicar la situación: Heredamos este terreno de nuestros abuelos y llevamos del orden de 10 años pagando grandes sumas de contribuciones por éste. A la fecha la suma en contribuciones es del orden de 250 millones. En todos estos años no podíamos venderlo, dado que fueron falleciendo nuestros tíos y padres (en total eran 7 hermanos) y hubo que ir haciendo las respectivas posesiones efectivas. Además, dos de nuestros tíos no tuvieron hijos, por lo que hubo que realizar ampliaciones y rectificaciones de todas ellas. Un hecho que retraso mucho todos los trámites legales fue que dos personas que cuidaron a nuestro tío que no tuvo hijos (y que figuraban en el testamento) se pelearon durante unos cinco años a nivel judicial para ver quien se quedaba con parte de sus bienes. Asimismo, tuvimos el problema que dos abogados nos estafaron, ya que aunque les pagamos, nunca terminaron de ampliar y corregir las posesiones efectivas. En el intertanto solicitamos una tasación el año 2017 y nos dieron valor del orden de $860 millones (se adjunta, además de otros documentos). Por entonces el valor fiscal era de aproximadamente $440 millones. Por tanto, hicimos el esfuerzo de pagar las contribuciones, pensando que en el momento de la venta recuperaríamos lo invertido. Como señalamos, hasta ese momento no teníamos nunca posibilidad de vender por el hecho de no tener las posesiones efectivas. Paralelamente el avalúo fiscal, y por ende las contribuciones, fue subiendo en niveles extremadamente exagerados (sobre 1.600 millones). En síntesis: recién el año pasado (2023) logramos tener todas las posesiones efectivas ampliadas, corregidas y finalmente inscritas en el CBR de Punta Arenas, con lo cual podíamos ponerlo a la venta. Para ello nos contactamos con Corredores de Propiedades de la zona y de Santiago, quienes nos informaron -para nuestra sorpresa y decepción- que el terreno ya no era de interés para nadie, toda vez que estaba impedido construir en zonas consideradas inundables, aunque se hicieran mitigaciones. Con esto, los valores de tasaciones previas a dichos cambios en la normativa ya no eran válidos. Con las nuevas condiciones, el valor comercial actual es escaso, ya que no hay inmobiliarias dispuestas a comprarlo. Y si bien los terrenos de alrededor están construidos, esas construcciones son anteriores a la nueva normativa. A principios de este año hicimos una solicitud administrativa ante la Dirección Regional de Punta Arenas del SII, pero rechazó nuestra petición, lo que entendemos obedece a que el valor fiscal del terreno que se ha fijado corresponde a la época en que la normativa mencionada no existía y además se han aplicado reajustes elevadísimos. En cuanto a nosotros, que pagamos más de 40 millones al año en contribuciones, si seguimos así nunca recuperaremos ese dinero y, por lo tanto, es un sinsentido seguir pagando. Familiares estimamos que sería mejor hacer ya la pérdida, no pagar más y que salga a remate. Lo más seguro es que el SII tampoco lo va a poder liquidar por el valor que le ha adjudicado y tendría que liquidarlo a una mínima fracción del avalúo fijado. Como hemos invertido tanto en el terreno, hay miembros de la sucesión que están de acuerdo en seguir pagando, pero siempre y cuando sea un valor que considere la situación real. Lo que nos han dicho corredores de propiedades es que el valor comercial del terreno no superaría actualmente los 500 millones de pesos e incluso podría ser menos. Esto porque la superficie utilizable es mínima, ya que si bien son unos 5.000 m2 lo que se califica como la zona inundable y es por esto que seguramente este Servicio (SII) estima que queda una gran porción para construir, ello no es correcto, ya que la zona inundable pasa de una esquina a la otra pasando por todo el centro del terreno, lo que hace inutilizable casi todo el terreno y sumamente complejo construir, por ello es de nulo interés, tal como lo indica el SERVIU. En síntesis, para esta Audiencia llevaremos todos los documentos que muestran las condiciones de inundación del terreno, a fin de que se tengan en cuenta todos los antecedentes y se fije un valor fiscal que se ajuste a la situación real y se haga retroactivo a la fecha en que salió la normativa. Agradecen la acogida y saludan atentamente, Familias Jordan Herrera, Jordan González, Jordan Domic, Mimica Jordan En esta Audiencia al encontrarse la propiedad con prohibición parcial de construir. Se señalan vías de impugnación administrativas y judiciales a las que tiene acceso para solicitar la rebaja de avalúo y contribuciones que requieren |