Peticiones administrativas pendientes y vigentes, sujeto activo indica que se ve imposibilitado de emitir documentos electrónicos, y si existe alguna relación con Resolución relacionada con el Art 8 Ter del Codigo Tributario.
Sujeto pasivo indica lo siguiente: Efectivamente existe una Resolución conforme a lo establecido en el Art 8 Ter del Código Tributario notificada al Contribuyente RUT: 77.708.691-K, señalando que no es posible autorizar folios mientras persistan las causas que originaron la dictación de dicha Resolución, en relación a ello, el Sr. Díaz se comprometió en aportar la documentación que aun falta para evaluar y resolver sobre el levantamaniento de la restricción impuesta. Me acompaño el Sr. Nelson Pinto (Del Gabinete del Departamento de Fiscalización) para tomar nota de la reunión. |