Contribuyente presenta lo que realiza la empresa, cuenta la historia y las razones por las que se llego a estas diferencias de impuestos, indicando que desconoce las razones pero que no recibió las comunicaciones efectuadas por el el SII, y solo se entero por la notificación de embargo, respecto al año tributario 2020. Además indica que la presentación de la RAF se efectuó con algunos antecedentes y durante el proceso trataron de complementar lo aportado. Señala que una de las restricciones que se presentan para regularizar es la imposibilidad de corregir declaraciones juradas de años antiguos. Solicita evaluar la posibilidad de analizar antecedentes , en virtud de las facultades que se le otorgan al Director Regional, del Código Tributario.
Directora Regional, explica las razones por las que en general los contribuyentes, a pesar de encontrarse enrolados para ser notificados por correo electrónico, no reciben las comunicaciones. Explica también que entre la declaración de renta, las observaciones que se le efectuaron a dicha declaración, y la liquidación efectuada, transcurrió un plazo en que pudieron presentarse a regularizar la situación. Directora señala que se efectuara la evaluacion de lo expuesto por el contribuyente y si corresponde lo solicitado, se le indicara. |