Posibilidad de exención o beneficios del Impuesto Territorial de Inmobiliaria Interlomas, respecto un autódromo de su propiedad ubicado en la comuna de Lautaro. Se le informa que entre otros está vigente un beneficio contemplado en la Ley del Deporte. Este beneficio se encuentra descrito en la Ley 17235 sobre Impuesto Territorial, cuadro anexo párrafo 1 letra B, N°3. Cabe señalar, que, ante la consulta sobre exención municipal, esta está contenida en el cuadro anexo párrafo 1 letra A) N°2 de la Ley 17.235 y sobre el cual es aplicable el artículo 27 de la referida Ley, que señala que en los casos en que se entregue un bien municipal a un concesionario u ocupante, este es el obligado del impuesto, no rigiendo para este caso la exención. En la reunión participo en compañía de la Directora Regional, el Jefe del Depto Jurídico don Erwin Errandonea y Jefe Depto Avaluaciones don Daniel Salinas. |