agricultor con giro de producción de leche tributa renta efectiva con contabilidad completa, bajo el régimen del art 14 letra A) o D) N° 3 de la LIR. Consulta, a) Para determinar su base imponible de primera categoría debe aplicar las reglas del art. 33 N° 1 letra e) de la LIR, respecto de aquellos costos y gastos que han permitido generar de manera tanto la venta de leche (afectos a IDPC más impuestos finales) como los excedentes recibidos de la cooperativa, generado por operaciones con los socios (renta exenta de impuestos finales informados en DJ 1948) b) Se deberán llevar a los registros de rentas empresariales (RRE), en la columna de rentas exentas los valores netos ya sean positivos o negativos a dicho registro, una vez aplicada la norma de la letra a).
Sujeto Pasivo indica lo siguiente tratado en la reunión: “Tributación cooperativas”. |