Rol xxxxxxxx, hace más de diez años que reclamo que no son sitios eriazos ya que forman parte de la propiedad Rol xxxxx Además también he estado reclamando que los Rol xxxxx ubicados en el cerro de Lo Curro y que el Sii los tiene asignados al Área Homogénea HAB034, les corresponde realmente el AH HAB090. Luego el 23-08-2022 sostuve reunión con don Christian Soto (Director Regional Metropolitano Santiago Oriente) y Mónica Salgado Ureta (Depto. Avaluaciones), quien el 27-12-2022 me remite la Resolución 3467 aplicando un factor corrector de terreno 0,32 a los Rol xxxx xxx xxxx; pero solo a contar del primer semestre de 2022. Cabe destacar que desde el año 2006 hasta el 2022 he pagado en Contribuciones por esos Rol $666.972.236.-, lo que me consumió todos mis ahorros para la vejez que generé trabajando desde el año 1968.- Considero que la mala clasificación del Área Homogénea no es reciente, sino que histórica y por ello la devolución corresponde hacerla desde que hicieron esa clasificación errónea. Además: La Subdirección de Avaluaciones en su Circular N° 31 del 12 de julio 2019 Ref.: Artículo 8° de la Ley N° 17.235 en el punto 8 hace mención a las condiciones que de un terreno no afecto a sobretasa. Agradeciendo de antemano vuestra comprensión.
En esta audiencia El contribuyente expone la situación de determinados predios de su propiedad que, a pesar de ser colindantes, forman parte de comunas y Áreas Homogéneas distintas, lo que significó la aplicación de distintos valores de terreno. Además, pide que se les deje de aplicar a algunos de ellos la Sobretasa de sitios no Edificados. Al respecto, se le indica la posición del Servicio en los temas que son de su competencia, diferenciándolos de aquellos que son de competencia municipal” |