Audiencias - Año 2022 - Cecilia Fierro - Audiencia AE006AW1087216
Información General
Identificador | AE006AW1087216 |
Fecha | 2022-03-16 10:30:00 |
Forma | Presencial |
Lugar | Teatinos 120, 5to. piso, Depto. de Impuestos Directos, de la Subdirección Normativa |
Duración | 0 horas, 20 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Rodrigo Herrera | Gestor de intereses | deloitte advisory spa | Rodrigo Herrera Ávila |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
Un ejecutivo extranjero, de nacionalidad peruana, que cumplió los tres años residiendo en Chile en septiembre del 2021, tiene la posibilidad de efectuar un retiro del 95,5% de sus ahorros previsionales en el Perú. Dicho retiro sería efectuado en una sola oportunidad. La autoridad fiscal ha indicado que para que sea aplicable el ingreso no renta de pensiones extranjeras establecido en el número 17 del artículo 17° de la LIR, debe existir cierta periodicidad en el pago, por tanto, cabe la duda de que: 1- Si este pago es realizado en una sola oportunidad podría calificar como ingreso no renta, dada la naturaleza previsional del mismo. 2- En caso de calificar como renta tributable, cómo se determinaría la base imponible (sólo se tributaría por la ganancia de capital determinada como la diferencia entre lo aportado al fondo versus el monto a retirar, o bien se consideraría la totalidad del retiro, o bien otra alternativa para estos efectos) Por otra parte, y considerando que el trabajador extranjero se irá del país dentro de aproximadamente un año, si sería factible prorrogar el plazo establecido en el artículo 3, inciso segundo, de la LIR. Sujeto Pasivo indica lo siguiente tratado en la reunión: “Pensiones de fuente extranjera”. |