Hoy hemos ingresado consulta sobre interpretación y aplicación de disposiciones tributarias en la cual explicamos que Mercado Pago Emisora SA se encuentra analizando las obligaciones tributarias que emanarían en la implementación y oferta a sus clientes de tarjetas de pago físicas y virtuales con provisión de fondos, para ser utilizadas como medio de pago en distintos comercios, para lo cual agradecemos se nos otorgue audiencia para explicar el modelo de negocio y así confirmar que las remuneraciones que percibirá Mercado Pago Emisora S.A. en la implementación de tarjeta de pago física -operación giro- se encuentran no afectas o exentas de IVA y, en virtud de lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley de IVA, solicitamos mecanismo alternativo para dar cumplimiento a esta obligación de emisión de documento tributario por cada transacción para el caso consultado, atendiendo a la jurisprudencia que existe para los Bancos e Instituciones financieras quienes se eximen de emitir dicho documento. |