Específicamente, explicar, nuestro punto de vista, respecto de la norma que indica, que no se debe emitir boleta electrónica cuando se recibe el pago por medio electrónico (tarjeta de crédito u otros). RESOLUCION 176 del 31-12-2020.
Como desarrollador de software dedicado a puntos de ventas para empresas pequeñas y medianas de retail y gastronomía, debo indicar que, esta normativa DESTRUYE los sistemas de control y administración de gran parte de nuestros clientes, que aprovechan el documento tributarios, como herramientas de control de sus negocios.
El Sujeto Pasivo informa que el tema tratado en la reunión es el siguiente: Consultas y dudas sobre Resolución N° 176 de 2020.- |