Revisar aplicación de IVA a servicios de atención a pasajeros, aeronaves y líneas aéreas en procesos de embarque, desembarque y facilidades dentro del aeropuerto (denominados en el estándar aeronáutico como de Ground Handling), en particular respecto al criterio contenido en el Oficio 1093 del 04 de junio de 2020, el cual solicitaría aclarar, en el sentido que la sola atención a si se configura o no agencia de negocios, permitiría al prestador del servicio arbitrar si sus servicios se encontrarían o no gravados con IVA, dependiendo de la estructura legal para su prestación.
Se analiza la eventual aplicación de la agencia de negocios al caso señalado, ya que el oficio analizado no tendría el alcance que se le estaría dando en el mercado. |