Audiencias - Año 2018 - Juan Alberto Rojas Barranti

En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.

Fecha Identificador Asistentes Representados Materia Detalle
2018-12-19 10:30:00 AE006AW0572484 Gestor de intereses Juan Cristóbal Silva Labbé Getec Alcance y efectos tributarios Ley N° 20.980, que permite la transformación de los institutos profesionales y centros de formación técnica en personas jurídicas sin fines de lucro. Ver detalle
Gestor de intereses Ximena Niño Deloitte Advisory Ltda.
Gestor de intereses Cristian Painemal Deloitte Advisory Ltda.
Gestor de intereses Christian Puga Slight Grupo educacional TEC S.A.
Gestor de intereses Javier Monasterio Deloitte aDvisory Ltda.
2018-11-21 10:30:00 AE006AW0549508 Gestor de intereses María Pérez Maria Francisca Perez Navarro 1. Asuntos tributarios atingentes a Organizaciones sin fines de lucro que operan en Chile bajo la figura del reconocimiento de la personalidad jurídica de persona extranjera. Radicacion de los efectos tributarios de los actos que se realizan en Chile o en el exterior (Atribuciones de bienes para operación local, donaciones, compras y ventas de bienes). Esta es información esencial para brindar asesoría a dichas organizaciones en Chile (con altos estándares de cumplimiento en sus países de origen), que es la actividad de la solicitante y asistente.
2. Algunos asuntos de interés relativos a donaciones y filantropia en el marco de los proyectos de ley única de donaciones y de modernización tributaria.
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2018-10-24 10:30:00 AE006AW0542372 Lobbista Cristian Andres Blanche Christian Blanche Reyes Consulta presentada al Director Nacional con fecha 28 de septiembre de 2018, solicitando aclaración del Oficio ordinario Nº1586 de 11 de junio de 2017 Ver detalle
2018-07-18 10:30:00 AE006AW0488210 Gestor de intereses Julio Tacchi Penbrachi En la búsqueda de una solución al problema de los pensionados de Brasil en Chile, por un
descuento discriminante que aplica Brasil del 25% (uno de los temas a solucionar previo a
suscribir un nuevo CDT con Brasil), sabemos que se está empezando a conversar desde el
Ministerio de Hacienda de Chile con Brasil, a través del Depto. de Normas Internacionales del
SII.
Venimos a pedir, que las soluciones que se están esbozando se encaminen (en la medida de lo
atendible) dentro de una de las soluciones que propusimos el año pasado, esto es:
1º Solución: Cambiar en el actual CDT entre Chile y Brasil, en el Art. 23, inciso 1, luego
de donde dice: " ...en las mismas condiciones" agregar la frase: "en especial respecto a
la residencia" (frase que tienen todos los actuales Convenio CDT con otros países. Eso
impediría a Brasil discriminarnos.
2º Solución: Aprovechar hacer el cambio de CDT al tenor del actual Modelo de CDT de
la OCDE que hace tributar las pensiones sólo en el país de residencia ( Nuevo Artículo
22).
3º Solución: Si no se puede cambiar el CDT entre Brasil y Chile, que se nos permita
aplicar el antiguo Artículo 22 del actual CDT, y podamos acreditar contra los
impuestos chilenos lo que se nos descuenta en Brasil.
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2018-07-18 10:30:00 AE006AW0488210 Gestor de intereses Julio Tacchi Penbrachi En la búsqueda de una solución al problema de los pensionados de Brasil en Chile, por un
descuento discriminante que aplica Brasil del 25% (uno de los temas a solucionar previo a
suscribir un nuevo CDT con Brasil), sabemos que se está empezando a conversar desde el
Ministerio de Hacienda de Chile con Brasil, a través del Depto. de Normas Internacionales del
SII.
Venimos a pedir, que las soluciones que se están esbozando se encaminen (en la medida de lo
atendible) dentro de una de las soluciones que propusimos el año pasado, esto es:
1º Solución: Cambiar en el actual CDT entre Chile y Brasil, en el Art. 23, inciso 1, luego
de donde dice: " ...en las mismas condiciones" agregar la frase: "en especial respecto a
la residencia" (frase que tienen todos los actuales Convenio CDT con otros países. Eso
impediría a Brasil discriminarnos.
2º Solución: Aprovechar hacer el cambio de CDT al tenor del actual Modelo de CDT de
la OCDE que hace tributar las pensiones sólo en el país de residencia ( Nuevo Artículo
22).
3º Solución: Si no se puede cambiar el CDT entre Brasil y Chile, que se nos permita
aplicar el antiguo Artículo 22 del actual CDT, y podamos acreditar contra los
impuestos chilenos lo que se nos descuenta en Brasil.
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2018-05-22 10:30:00 AE006AW0462099 Gestor de intereses Raúl Antonio Lohr Tapia Raúl Antonio Löhr Tapia Revisión de diferencia interpretativa en Ordinarios 2393 del 21 de septiembre de 2015; 1288 del 09 de junio de 2017; 71 del 12 de enero de 2018 y 875 del 04 de mayo de 2018, todos referidos a la cantidad que goza de la exención establecida en el número 1 del artículo 42 de la ley de impuesto a la renta. Los dos primeros oficios consideran lo establecido por el artículo 187 del DFL 1 del Ministerio de Salud, publicado el 24 de abril de 2006, es decir, que la cotización de salud goza de exención con tope del 7% de la remuneración máxima imponible establecida por el artículo 16 del DL 3500, de 1980, y los otros dos oficios no lo consideran aplicable. Se aportaron nuevos antecedentes para evaluar una posible reconsideración del criterio. Ver detalle
2018-04-19 10:30:00 AE006AW0440684 Gestor de intereses Franco Gorziglia Arnaldo Gorziglia Balbi Situación Tributaria retiros ISFUT Ver detalle
Gestor de intereses Arnaldo Gorziglia Balbi Arnaldo Gorziglia Balbi
2018-02-27 10:30:00 AE006AW0414783 Gestor de intereses Ximena Niño coordinador nacional electrico Tributación Coordinador Nacional Eléctrico. Ver detalle
Gestor de intereses Rafael Riquelme coordinador nacional electrico
Gestor de intereses daniela gonzalez duran coordinador nacional electrico
2018-01-04 10:00:00 AE006AW0399530 Gestor de intereses Willy Fernando Conejeros Gajardo willy fernando conejeros gajardo Tratamiento tributario de donaciones internacionales. Ver detalle