Audiencias - Año 2024 - Cristian Vargas - Audiencia AE003AW1515633

Información General
Identificador AE003AW1515633
Fecha 2024-03-07 10:20:00
Forma Videoconferencia
Lugar Videoconferencia. Se enviará link.
Duración 0 horas, 40 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Claudia Ramos Gestor de intereses Roche Chile Limitada Grünenthal Chilena Ltda.
Victoria Arellano Villaseca Gestor de intereses Roche Chile Limitada Grunenthal Chilena Ltda.
Materias tratadas
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
Poner en conocimiento situaciones que se han presentado en los procedimientos de cobranza de multas a personas naturales. Específicamente, sus implicancias para nuestros colaboradores.

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Asistieron por parte del solicitante:
Victoria Arellano, en calidad de representante de Grünenthal Chilena Ltda.
Claudia Ramos, en calidad de representante de Grünenthal Chilena Ltda.

Asistieron por TGR:
Aquiles Jara, jefe (s) División de Cobranzas.
Carlos Sasso, Jefe de la Sección de Recaudación de la División de Operaciones.
José García, Abogado de Control de Cobranza, de la División de Cobranzas.
Cristián Vargas Bugueño, Jefe de la División Jurídica.

La materia tratada:
Las representantes de la sociedad Grünenthal Chilena Ltda., explican las líneas de negocio de la empresa, lo que sirve de importante contexto para lo que se discutirá en la reunión. Finalizado el contexto previo, se explica por las representantes, los problemas que trae aparejado el cobro de las multas cursadas por el Instituto de Salud Pública ("ISP"). Entre los problemas presentados, se destaca la circunstancias de la cobranza de multas que, a juicio de las representantes, se realiza de manera extemporánea. Situación que afecta a empleados/as y ex empleados/as de la compañía que han debido enfrentar embargos en sus cuentas corrientes. Lo anterior, sumado al hecho de que existirían multas pagadas en el Formulario 10 de TGR (formulario genérico), y que no se han reflejado en el Formulario 118 (específico para estas multas). Dado lo anterior, dichas multas aparecen incumplidas, generando el cobro coercitivo de las mismas. De igual manera, hacen presente circunstancias en que se ha producido la compensación, afectando a los/as mencionados/as empleados/as. Las representantes, hacen presente la poco visibilidad que tienen como compañía de las multas y sus procesos de recaudación y cobro.

Los representantes del Servicio de Tesorerías, agradecieron la información. Acto seguido se explicó en detalle que la entidad administrativa sancionadora es quien tiene el control de los giros que son cargados en el sistema de la TGR. Es decir, es el ente girador el que determina el momento en que deben ser cargadas las multas en la TGR, proceso en que esta última no tiene injerencia. Se hace presente que por disposiciones legales, la TGR tiene la obligación y la facultad legal de realizar el cobro coercitivo de las multas. No pudiendo distinguir si las mismas están o no prescritas, toda vez que es el contribuyente quien tiene el impulso procesal en el procedimiento de cobranza para alegar dicha excepción. Luego, se explica en detalle el funcionamiento de la compensación como medio para extinguir una obligación y la operatoria al interior de la TGR. También se les recuerda que es el contribuyente quien tiene la facultad para reclamar sobre una compensación que considere improcedente, y solicitar su descompensación.

Resultados:
Luego de las explicaciones entregadas, las representantes de la empresa agradecieron las mismas. De igual manera, declararon que la información entregada, les permitirá coordinar de mejor forma las medidas que pueden desarrollar para el adecuado cumplimiento de las sanciones impuestas.