Audiencias - Año 2024 - Alejandro Ciuffardi - Audiencia AD006AW1625834
Información General
Identificador | AD006AW1625834 |
Fecha | 2024-07-18 11:00:00 |
Forma | Presencial |
Lugar | Zenteno 102, Santiago RM Al llegar preguntar por el Coronel Jaime Allende G. |
Duración | 1 horas, 0 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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jorge dawabe | Gestor de intereses | jorge andres dawabe valle |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
aplicación del reglamento servicio de guarnición Ejercito, específicamente en lo que respecta a honores fúnebres plantear la posibilidad de ampliar dicho derecho al personal con derecho a pensión de retiro no especificado. Acta de Reunión Fecha: 19 Julio 2024 Lugar: Zenteno 102, Santiago RM Participantes: PAC (CRL) JAIME ALLENDE GAETE MAY JORGE DAWABE VALLE (en retiro) Tema Tratado: "Honores Fúnebres" El Mayor en retiro antes mencionado, manifestó que se acogió a retiro con fecha 31DIC2015, por la causal INUTILIDAD DE SEGUNDA CLASE, y solicita que el reglamento de Servicio de Guarnición del Ejército, sea modificado en cuanto a los Honores Fúnebres Militares", para el personal que cuente con menos de 20 años de servicio y que en este en la causal de Primera, Segunda y Tercera inutilidad ya que reciben pensión de retiro por lo que siguen ligados a la institución por cuanto muchos de ellos han sufrido accidentes y han pasado a la condición de retirado con inutilidad. En esta reunión se hizo presente que el DNL -912 "Reglamento de Servicio de Guarnición de las Fuerzas Armadas", edición 2006, establece para las Fuerzas Armadas lo siguiente: "Le corresponde honores fúnebres cuando tengan a lo menos 20 años de servicio prestados a la Institución y siempre que no hayan abandonado las filas en cumplimiento a medidas que le afecten legalmente para recibir este homenaje". Además, en esta reunión se hizo presente que el RAA-03005 Reglamento "Servicio de Guarnición del Ejército", edición 2016, establece parea la Institución, lo siguiente: "Al personal en condición de retiro que haya prestado más de 20 años de servicios, siempre que no hubiese abandonado las filas en cumplimiento a medidas que le afecten legalmente para recibir honores, o bien, no hubiese sido condenado por sentencia ejecutoriada a pena aflictiva" Finalmente, se solicita al May Dawabe que presente un documento o carta escrita sobre el tema tratado para analizar en más detalle los antecedentes entregados ya que este tema es tridimensional porque abarca a las Fuerzas Armadas y no solo a la Institución. |