Audiencias - Año 2022 - Benito Baranda - Audiencia NR009AW1077734

Información General
Identificador NR009AW1077734
Fecha 2022-02-14 17:00:00
Forma Videoconferencia
Lugar Buenas tardes. Muchas gracias por el seguimiento a la tramitación de normas. Se le enviará el link de zoom el día de la audiencia, al mail indicado en la solicitud. Por carga de trabajo, tener en consideración una reunión de 25-30 min, aprox. Saludos y
Duración 0 horas, 30 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
alejandra cruz davila Gestor de intereses Observa La Trata Capítulo Chileno
Ingrid Almendras Gestor de intereses Organización No Gubernamental de Desarrollo Raíces ONG Corporación Raíces
Carolina Rudnick Gestor de intereses Fundación Libera contra la Trata de Personas y la Esclavitud en Todas sus Formas
Paz González Gestor de intereses Fundación Libera contra la Trata de Personas y la Esclavitud en Todas sus Formas
Camila Mondaca Gestor de intereses Observa La Trata Capítulo Chileno
Catalina Hernández
Materias tratadas
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
Estimado Convencional: Venimos en solicitar audiencia para que se incorpore el "Derecho a no ser sometido a esclavitud, trabajo forzado, servidumbre y trata de personas en cualquier de sus formas". Hemos revisado los documentos públicos "Comparado, Bloque Temático N°2 (ex B3), para la votación general (10 de febrero, 2022)"; la "Minuta de votación (con avances ante el retiro de solicitud de votaciones separadas) del 10 de febrero"; "Comparado Bloque Temático N°1 (30/01/2022)"; y el "Compilado de iniciativas radicadas en la Comisión al 27 de enero de 2022" y no ha habido ninguna mención, absolutamente nada acerca de la prohibición de esclavitud y sus formas contemporáneas: trabajo forzado (el 80% ocurre en el sector privado, OIT 2012), servidumbre, trata de personas, explotación sexual . Quisiéramos entregar antecedentes acerca de lo crucial que es consagrar dicho derecho, pues la esclavitud, aunque suene lejana y anticuada, es un concepto jurídico y es una realidad transversal que está invisibilizada por desconocimiento, desidia e indolencia desde el Estado, los privados y la sociedad en su conjunto. La recesión mundial y la crisis migratoria agravarán las formas de esclavitud moderna. Su consagración permitiría activar los deberes del Estado en materia de prevención y combate al trabajo forzado, la trata de personas, y la explotación sexual de adultos y la niñez, compromisos internacionales adquiridos por Chile que duermen en su implementación y prioridad. Múltiples constituciones a nivel mundial lo consagran y también lo ha consagrado antes Chile en sus Constituciones de 1818, 1823, 1828, 1925 y 1980 modificada en 2005. Este derecho es tan fundamental, que las constituciones lo han consagrado dentro de los primeros numerandos de los derechos fundamentales. Consagrar el derecho a no ser sometido a esclavitud, trabajo forzado, servidumbre y trata de personas es consagrar el derecho de que los seres humanos somos siempre SUJETOS de derechos y no OBJETOS de derecho, y que no podemos ser usados, gozados ni vendidos como si fuéramos cosas. La Nueva Constitución tendrá el poder de las palabras. Las palabras son los ladrillos del pensamiento. Nos interesa poder entregarle los datos, conceptos, fundamentación y argumentos que sostienen la necesidad de incorporar este derecho. Solicitamos encarecidamente poder incorporar el derecho a no ser sometido a esclavitud, el derecho que permitió fundar la idea y visión de sociedades de personas libres, no sujetas a la dominación de otros, especialmente cuando nos enfrentamos a realidades nacionales y mundiales como esta:
https://www.perfil.com/noticias/elobservador/la-esclavitud-crece-en-el-mundo-a-un-ritmo-superior-a-la-natalidad.phtml