Audiencias - Año 2021 - Camila Zárate - Audiencia NR009AW1043010

Información General
Identificador NR009AW1043010
Fecha 2021-12-06 17:00:00
Forma Videoconferencia
Lugar Plataforma zoom
Duración 1 horas, 0 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Dominique Hervé Espejo Gestor de intereses Programa de Derecho y Política Ambiental de la Universidad Diego Portales
Florencia Alid Gestor de intereses Programa de Derecho y Política Ambiental
Materias tratadas
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
-Derechos de la naturaleza: Los Derechos de la Naturaleza son entendidos como un concepto
legal y cultural, que hace referencia al reconocimiento de la naturaleza como sujeto de
derechos, ya sea en su generalidad o respecto de ciertos ecosistemas específicos. Desde una
perspectiva jurídica, implica repensar el carácter antropocéntrico del derecho, dejando de
entender a los ecosistemas como objetos. Desde una perspectiva cultural, se relaciona con las
cosmovisiones de los pueblos originarios, partiendo de la noción de que la naturaleza tiene un
valor intrínseco, con independencia de los beneficios que pueda reportar para las personas, y
que las personas somos parte de la naturaleza.
-Justicia Ambiental: La Justicia Ambiental es una noción que surge producto de diferentes
movimientos sociales en EEUU durante el siglo XX, y que ha sido desarrollada por la doctrina
a nivel global. Esta idea supone la consideración de diferentes variables en la decisión de
políticas públicas, especialmente la consideración de la equidad en la distribución en las
cargas medioambientales, el reconocimiento de los grupos humanos que soportan
desproporcionadamente las cargas medioambientales, y la efectiva participación de las
personas potencialmente afectadas en la toma de decisiones relevantes en materia
medioambiental.
-Administración de bienes comunes - Public Trust: La Doctrina del Public Trust es un concepto
legal de siglos de antigüedad, introducido en las leyes de California (EE UU) y otros países,
que sostiene que ciertos elementos de la naturaleza están sujetos a una obligación especial
por parte del Estado, de administrarlos y protegerlos en beneficio del público. Así, su
incorporación constitucional en Chile, establecería un deber irrenunciable del Estado de
garantizar la protección, acceso y uso para toda la población y generaciones futuras, sumado
a la integridad de los ecosistemas de dichos bienes comunes, basado así mismo, en el
equilibrio entre derechos públicos y privados.