Audiencias - Año 2021 - Jorge Abarca - Audiencia NR009AW1010805

Información General
Identificador NR009AW1010805
Fecha 2021-10-15 09:00:00
Forma Videoconferencia
Lugar Se enviara link de conexión a Reunión previamente.
Duración 1 horas, 0 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
María Bustos Gestor de intereses ONG INCLUSION PUENTE HUMANO
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
Exponer la grave situación que afecta a las personas adultas en situación de discapacidad permanente en nuestro País, particularmente nuestro centro educacional “Open Door” de la comuna de Puente Alto, solicitar su apoyo y difusión en su calidad de Constituyente.
CONTEXTO
La Escuela Especial “Open Door” es una entidad educativa que está inserta dentro del Hospital Psiquiátrico “El Peral”, depende administrativamente de la corporación Municipal de Puente Alto.
Esta se crea el año 1987, obteniendo su reconocimiento oficial para atender a niños, jóvenes, adultos y adultos mayores con diagnóstico como discapacidad psíquica, discapacidad Intelectual trastornos conductuales y autismo, el 30 de Junio del año 1989 bajo Resolución Exenta Número 002260.
La Escuela “Open Door” se rige por el Decreto Supremo 815/1990, sobre Discapacidad y Graves Alteraciones de la Relación y la Comunicación. Es importante señalar que este decreto fue dictado por el Mineduc a instancias y con el aporte del equipo de profesionales de la escuela y hospital psiquiátrico “El Peral”
Dicho decreto establece normas para atender a educandos con graves alteraciones de la capacidad de relación y comunicación, que alteran su adaptación social, comportamiento y desarrollo personal. Además aprueba planes y programas de estudio integral funcional, en donde no se establecen edades para poder acceder a la educación.
Desde el año 2007 la escuela, que atendía preferentemente a pacientes del hospital, se abre a la comunidad y empieza a atender a adultos con similares diagnósticos, que en su mayoría son derivados desde la red de salud mental de Puente Alto, La Florida y otras comunas.
En el año 2011 se crea el Decreto Supremo 332/2011 que determina las edades mínimas y máximas para ingresar a la educación especial, fijando un límite de 26 años para recibir subvención.
El año 2015 aparece el Decreto 83/2011 que deroga la mayoría de los decretos que regían la educación especial desde 1990. En este marco el decreto 815, mantiene su vigencia, viéndose derogados aspectos puntuales para hacerlo compatible con el Decreto 83/2011.
En el año 2019 aparecen las segundas orientaciones de escuelas especiales del Decreto 83/2011, en donde queda establecido y ratificado que las escuelas especiales sólo pueden atender a alumnos hasta los 26 años como edad máxima.
Cabe destacar que la escuela recibe subvención estatal desde sus inicios y que a pesar de todos los decretos y modificaciones que han surgido durante estos años la Escuela Open Door ha seguido recibiendo subvención estatal aún, contando con un 90% de alumnos mayores de 26 años de un universo total de 160 alumnos.
PROBLEMA
La problemática surge en el año 2019 cuando se ingresa a la plataforma SIGE a alumnos mayores de 26 años para el pago de incremento de subvención y cuatro de ellos fueron rechazados, argumentando que no cumplen con el requisito de edad.
A partir de ese momento surge en la comunidad educativa una serie de inquietudes e incertidumbres respecto a la posibilidad del cierre de la escuela, debido a que se puede quitar la subvención estatal por no cumplir con el requisito de edad.
Durante este año la Superintendencia de Educación emite la Resolución Exenta N° 2021/PA/13/1355 que “sanciona a la escuela con una multa de dos millones y medio de pesos y solicita la devolución de la subvención de todos los alumnos mayores de 26 años”. La Corporación Municipal apela, siendo esta rechazada por la Superintendencia. Actualmente la Corporación ingresa un segundo documento de apelación el cual aún no tiene respuesta.
Además la Superintendencia de Educación este año 2021 solicita que se saquen de la plataforma SIGE a todos los alumnos mayores de 26 años.
Ante esta situación, la Comunidad Educativa decide actuar y empezar a socializar esta situación. A nuestro entender, estamos ante un hecho gravísimo, por cuanto se está vulnerando el derecho a la educación de las personas más necesitadas en situación de discapacidad intelectual y psíquica, afectando también gravemente a sus familias.
Estos derechos están garantizados por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad del año 2006 refrendada por el Estado de Chile en agosto del 2008, la cual plantea en el artículo 24 párrafo 5 que: “Los Estados Partes asegurarán que las personas con discapacidad tengan acceso general a la educación superior, la formación profesional, la educación para adultos y el aprendizaje durante toda la vida sin discriminación y en igualdad de condiciones con las demás” (A tal fin, los Estados Partes asegurarán que se realicen ajustes razonables para las personas con discapacidad).
Es una falta al derecho y a la norma que la autoridad educativa, en plena pandemia, apele al cumplimiento de un acto administrativo –burocrático como el que establece el Decreto 332 para dejar sin apoyos educativos a las y los estudiantes, quienes son sancionados por el sólo hecho de tener 26 años.
Cabe agregar que según los antecedentes que disponemos, existirían otros establecimientos en esta misma situación.
Solicitar su apoyo para resguardar el derecho a la educación de las y los estudiantes. Es urgente realizar gestiones ante el MINEDUC que permitan modificar la norma en comento. Sólo se necesitaría dictar un decreto que permita la continuidad de pago de subvención para estos alumnos.




COMUNIDAD EDUCATIVA OPEN DOOR