Venimos en solicitar audiencia con el fin de abordar los aspectos esenciales de la aplicación de la ley Nº 21.172, que “Modifica La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, para Regular el Tendido y Retiro de Líneas Aéreas y Subterráneas”, incluyendo las facultades y obligaciones que las municipalidades tienen a su respecto. Entendemos que tanto las autoridades administrativas, como la Superintendencia de Electricidad y Combustibles y el Ministerio, como la Corte Suprema han concluido que las municipales tienen no solo la facultad, sino el deber de hacerse cargo del cableado en desuso. Para ello, buscamos reunirnos para comenzar las acciones concretas que lleven al retiro a costo de las concesionarias de dicho cableado. |