Subdivisión de Lote en radio urbano propiedad ubicada en Avda. Miguel Lemmeur 221 TA, denegado según informes previos, solicitud Nº340 del 08 de agostos del año 2022, certificado Nº376, del 10-08-2022 que señala que que TA no cuenta con un plano regulador y por eso deben remitirse al Decreto ley Nº1952 del 4 de mayo de 1934. Lo cuál se contradice con la resolución emitida por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo según ORD. Nº000143 del 16 de Febrero del 2023, que señala que TA cuenta con una propuesta del plano regulador, instrumento aprobado por el honorable concejo municipal el año 2019, y en base a esto la Contraloría General, en su informe de observaciones al instrumento de Planificación en procesos de aprobación indica que no procede graficar la situación vigente de TA con el limite urbano Decreto Ley 1.952 del año 1934. en el plano respectivo, según dictamen Nº2392 del 2021, por lo tanto, no es valida ni reglamentaria que este contenida en el mismo.
-Se informa sobre el limite urbano aclarando y corregido por Minvu Atacama, se recomienda al usuario a solicitar nuevamente el CIP en razón de esto ultimo. |