Audiencias - Año 2015 - Cristopher Karamanoff - Audiencia MU281AW0021299
Información General
Identificador | MU281AW0021299 |
Fecha | 2015-09-07 11:00:00 |
Forma | Presencial |
Lugar | DOM ARTURO PRAT 288 PISO 3 |
Duración | 0 horas, 30 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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PAMELA CONCHA ALARCON | Gestor de intereses | pamela concha |
Materias tratadas
Ninguna de las anteriores |
Especificación materia tratada
Buenas tardes: junto con saludar soy la persona con la cual hablo hace casi 2 meses sobre el portón del pasaje Becquerel que tenia plazo máximo de regularización el 24 de agosto, en aquella entrevista usted me indico que nos volveríamos a reunir en esta fecha para ver en que situación se encontraba dicho tramite y solicitar el retiro del portón si no esta regularizado, hoy existe personalidad jurídica en este pasaje, quisiera que confirmara la fecha de entrevista de la próxima semana que fue lo acordado por usted,para dar pronta solución a mi problema que esta desde abril. Saluda atte . Pamela concha Resumen de Temas Tratados en Audiencia: Se conversa con solicitante sobre una denuncia de un portón irregular emplazada en Pasaje Becquerel, en donde se constata que a la fecha, el denunciado no ha cumplido con los compromisos adquiridos ante la Dirección de Obras Municipales, respecto de coordinar la apertura diaria del portón, situación que afecta a la denunciante Se establece además, que el Departamento de Inspecciones de la Dirección de Obras Municipales, otorgó un plazo de 60 días hábiles desde el 24.06.2015, para que el denunciado tramite y apruebe ante la Ilustre Municipalidad de San Bernardo, la regularización del referido portón, cumpliéndose este aproximadamente al 21.09.2015. Acuerdos /Conclusiones: Se citará al Juzgado de Policía Local al denunciado por no cumplir con su compromiso de coordinación de acceso, suscrito en citación 3134 de fecha 24.06.2015. En caso de incumplimiento en la regularización del portón al 21.09.2015, se solicitarán las medidas administrativas para su retiro por parte del denunciado responsable, que corresponde al presidente del comité de seguridad, en donde en caso omiso a dicha disposición, el municipio deberá efectuar el retiro con cargo al denunciado, el cual deberá ser cobrado vía administrativa o judicial. CKO/cko |