Plantear a la autoridad comunal el no pago del feriado compensatorio al cual tiene derecho mi hija, fallecida asesinada, ex funcionaria de la Dirección de Salud en su calidad de médico. He enviado dos mail al Director de Salud, con fecha 24 de septiembre del año en curso, ambos leídos, de acuerdo a la plataforma que administra mis servicios informáticos, y hasta la fecha no he tenido respuesta, una costumbre arraigada en el actual del mencionado director. El artículo Nº73, del código del trabajo, especifica claramente el derecho de un fallecido a cobrar este feriado compensatorio, situación que ha sido solucionada por parte del ya latamente nombrado director de salud de la Municipalidad de san Antonio. Sin perjuicio de lo anterior, hemos enviado una solicitud a la I. del Trabajo provincial, con el fin de que nos aclare este punto. |