Audiencias - Año 2022 - Verónica Puentes - Audiencia BA001AW1185643
Información General
Identificador | BA001AW1185643 |
Fecha | 2022-09-13 16:00:00 |
Forma | Presencial |
Lugar | Ministerio del Deporte, Fidel Oteiza N 1956, piso 9, Providencia |
Duración | 0 horas, 30 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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JOSÉ GÁLVEZ | Gestor de intereses | José Gálvez Sánchez |
Materias tratadas
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
1.- Asistentes: Solicitante Sr. José Gálvez. Estudiante de Periodismo de la Universidad de Santiago, participaron por parte del Ministerio del Deporte Sra. Verónica Puentes Sáenz Jefa División Jurídica y Sr. Hernán Domínguez Placencia Abogado División Jurídica. 2.- Consultas realizadas: a.- Como se gestó la elaboración de la ley y que papel desempeño en ello el Ministerio del Deporte? Respuesta; esta normativa se gestó a propósito de la discusión de un proyecto de ley que se encontraba en segundo trámite legislativo en la Comisión de Educación del Senado. El Ministerio del Deporte brindó apoyo técnico a la Comisión de Educación en la formula de redacción de la normativa. b.- Cual es el propósito de esta legislación de contratación laboral de jugadoras de fútbol? Respuesta; esta ley viene a modificar tres cuerpos legales; ley N° 20.019 , ley N° 19.712 y Código del Trabajo, con el propósito de establecer la calidad profesional de las competiciones oficiales organizadas por asociaciones o ligas en los que participan equipos femeninos adultos; impulsar al deporte profesional femenino a través de los instrumentos de fomento deportivo establecidos en la Ley del Deporte; y ampliar modificar diversas expresiones del Código del Trabajo para hacer extensibles todas sus disposiciones a la contratación de futbolistas femeninas. c.- Que organismos fiscalizaran la aplicación de esta nueva ley? Respuesta; fundamentalmente la Inspección del Trabajo. d.- Que rol le corresponde al Ministerio del Deporte en la aplicación de esta nueva ley? Respuesta; al Ministerio del Deporte le corresponde realizar todas las acciones para que los instrumentos de fomento, Fondeporte y Donaciones con fines Deportivos, se encuentren disponibles en las fechas que corresponde por el IND para que sean utilizados por los clubes que decidan acogerse a estos beneficios. e.- Por que se establecieron estos beneficios? Respuesta; el poder legislativo, en la tramitación del proyecto de ley, se decantó por la idea de implementar esta normativa deportivo – laboral de forma gradual y con apoyo público en su etapa inicial, en el entendido que dichos apoyos sólo se encontrarán disponibles en los periodos de tiempo establecidos en la ley. f.- Cual es el efecto jurídico si los clubes no cumplen esta legislación? Respuesta; aquel establecido en la normativa general, fundamentalmente lo previsto para el incumplimiento de obligaciones laborales y los efectos establecidos en la misma ley 21.436 para la asociaciones responsables de estas competiciones deportivas. |