Audiencias - Año 2022 - Pedro Miranda - Audiencia AW004AW1152440
Información General
Identificador | AW004AW1152440 |
Fecha | 2022-07-07 11:01:00 |
Forma | Videoconferencia |
Lugar | video conferencia |
Duración | 1 horas, 7 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
---|---|---|---|
Rodolfo Chritian Westhoff Podestá | Gestor de intereses | Simco Spa | Inmobiliaria Calle Calle |
Jorge García | Gestor de intereses | Inmobiliaria Calle Calle | |
Bárbara Vincenza Pizzeghello Cordero | Gestor de intereses | Inmobiliaria Calle Calle | |
JOSE IGNACIO JARAMILLO | Gestor de intereses | INMOBILIARIA VIVIENDAS 2000 SPA | Inmobiliaria Calle Calle |
Néstor Aguirre | Gestor de intereses | INMOBILIARIA VIVIENDAS 2000 SPA | Inmobiliaria Calle Calle |
Felipe Rubio Munita | Gestor de intereses | Inmobiliaria Calle Calle | |
Carlos Avendaño | Gestor de intereses | Inmobiliaria Calle Calle | |
Gilda Palma | Gestor de intereses | DSS S.A. | Inmobiliaria Calle Calle |
Catalina Toro | Gestor de intereses | Inmobiliaria Calle Calle |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
En marco del proceso de evaluación ambiental de la DIA del proyecto inmobiliario Hacienda Santa Blanca ML3, se solicitó reunión para abordar las observaciones en materia arqueológica por parte del Consejo de Monumentos Nacionales. Participa también la profesional del SEA, Arqueóloga Rocío Barrientos. Particularmente se abordó un planteamiento del proponente para la justificación de la no generación de efectos, características y circunstancias de impactos ambientales significativos sobre el componente patrimonial en su dimensión arqueológica. A juicio del proponente, la ampliación de la caracterización subsuperficial en torno a todas las unidades que tuvieron resultados positivos en cuanto al registro de material cultural, tal como es indicado en el Ord. CMN N° 2507 del 08.06.2021, y no solo respecto de aquellas con mayor frecuencia de materiales; dada la extensión del sitio arqueológico, y la sugerencia de que las nuevas unidades podrán ser emplazadas a 20 m; no sería necesario. Sin embargo, se plantea por parte del SEA, la necesidad de subsanar la observación formulada por el órgano sectorial. |