En relación al tema de la solicitud de reunión expuesto por los requirentes, el DR les indica que se trata de una resolución que pone término anticipado al procedimiento de evaluación ambiental, fundada en la falta de información relevante asociada a descripción de la parte u obra correspondiente al emisario submarino y carencia de información esencial vinculada a la caracterización del medio humano y de sus sistemas de vida y costumbres. Los solicitantes plantean que les quedan claros los fundamentos de la resolución, por lo que trabajarán en los temas deficitarios para el próximo reingreso del proyecto a evaluación. |