Requerimos la siguiente reunión objeto de poder conocer la opinión del SEA sobre un aspecto particular de la RCA N°1168/2014 de la Dirección Ejecutiva de SEA, la cual aprobara el proyecto Parque Eólico La Flor.
El aspecto sobre el que interesa conocer, es el estatus de la línea de conexión del parque eólico en cuestión. Por cuanto en los considerandos 3, 3.7 y 3.7.1 de la mencionada RCA, se menciona que le Proyecto inyectará la energía a travez de la Subestación Eléctrica Renaico y que entre las obras del proyecto se encuentra la adecuación del mencionada Subestación. Sin embargo la DIA indica en el punto II y 2.1.4 que a la fecha se estaban evaluando la alternativas de conexión. Esto fue ratificado por el titular, en la Adenda 1 del proceso de evaluación, especificamente en la respuesta a la pregunta 1.1 donde se indicó que la DIA si incluía las lineas de conexión eléctrica internas del parque, pero no la Subestación o la conexión a ésta a travez de lineas fuera del proyecto.
Reunión se lleva a cabo dentro de los temas plantados, |