Consulta sobre pertinencia de proyecto conducción de agua en localidad de Escapiña - Colchane. Se le responde que por ser un proyecto que se ejecutaría dentro de una zona protegida (dentro del Parque Nacional Volcán Isluga) este debe ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) (literal p) del art. 10 de la Ley de Bases del Medio Ambiente (LGBMA) y literal p) del Artículo 3 del D.S. N°40, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA)) y que en mérito de los antecedentes del proyecto, el mismo titular deberá decidir si lo presenta como Declaración o Estudio de Impacto Ambiental, previo análisis del artículo 11 de la LGBMA y del título II del D.S. N°40 del RSEIA. |