Audiencias - Año 2024 - Esteban Dattwyler - Audiencia AW003AW1669011
Información General
Identificador | AW003AW1669011 |
Fecha | 2024-09-23 09:10:00 |
Forma | Videoconferencia |
Lugar | Microsoft Teams: https://teams.microsoft.com/l/meetup-join/19%3ameeting_OThjNjI5MzMtNTZiMC00MmZmLWE2M2QtZGNlNTQ2ZTExOTFm%40thread.v2/0?context=%7b%22Tid%22%3a%22fe15d074-ec00-4817-a9b9-8f72dc446fe3%22%2c%22Oid%22%3a%22deb11bc8-ebf2-450b-99db-345d7e8c2643 |
Duración | 0 horas, 35 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
---|---|---|---|
Maximiliano Gómez | Gestor de intereses | maximiliano gomez serrano |
Materias tratadas
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
El objetivo de la audiencia es abordar la situación crítica y recurrente de los ruidos molestos generados por el establecimiento Terra Restobar, ubicado en José Miguel Carrera N° 7060, comuna de La Cisterna. Los temas específicos a tratar son: 1. Incumplimiento reiterado de la normativa de emisión de ruidos conforme al D.S. N° 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente, donde se han registrado excedencias de hasta 27 dB(A) durante los fines de semana, perturbando gravemente la tranquilidad y el descanso de los vecinos, especialmente en horas nocturnas. 2. Efectos negativos en la salud y bienestar de la comunidad, con énfasis en la afectación a niños, personas mayores y trabajadores que no pueden descansar adecuadamente debido al nivel de ruido incesante que supera los límites permitidos. 3. Evidente falta de implementación de medidas de mitigación por parte del establecimiento, a pesar de las fiscalizaciones y el plan de cumplimiento aprobado por la Superintendencia del Medio Ambiente, lo que evidencia la ineficacia de las acciones correctivas hasta la fecha. 4. Solicitud de medidas más rigurosas y sanciones efectivas que aseguren el cumplimiento estricto de la normativa y restauren la calidad de vida de los residentes. 5. Seguimiento y fiscalización exhaustiva del Programa de Cumplimiento aprobado, para garantizar que el establecimiento implemente las acciones necesarias para controlar las emisiones de ruido en plazos razonables y con resultados verificables |