Se analizaron las etapas del Proceso Sancionatorio Rol D-061-2022.
El representante de la sociedad propietaria del terreno, informa que el contrato de arriendo con la empresa que construyó y operó la cantera Lo Alfaro, terminó su contrató de arriendo para la explotación del lugar, en paralelo con el inicio del Procedimiento Sancionatorio, por lo que el terreno hoy se encuentra sin utilización.
Se explicó la etapa en que se encuentra el PDC en sede regional, para su posterior informe a DSC.
El representante de la sociedad propietaria del terreno, consulta por la posibilidad de construir una vivienda para un cuidador, con el fin de vigilar el acceso al terreno, indicándosele que: (1) en el marco del proceso Rol D-061-2022, el no es parte interesada a la fecha; (2) las materias asociadas al uso de su terreno, no son competencia de la SMA; y (3) cualquier discrepancia con la empresa que operó la Cantera, y que afecten el uso de su terreno, se enmarcan dentro de materias civiles, ajenas al proceso sancionatorio de la SMA. Los hechos infraccionales por los que se formularon cargos, ya se encuentran constatados, siendo el control del acceso y vigilancia del bien, materias de orden particular, no ambiental. |