Audiencias - Año 2024 - Ariel Espinoza - Audiencia AW002AW1649885

Información General
Identificador AW002AW1649885
Fecha 2024-09-26 15:05:00
Forma Presencial
Lugar La reunión de lobby se realizará el 26 de septiembre a las 16:30 hrs., San Martín 73 piso 8 sala 2
Duración 0 horas, 30 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Alejandro Daniel Molina Magofke Lobbista LUVAL S.A Luval S.A.
Ricardo Ferrero Lobbista ROFF SpA ROFF SpA
Williams Sánchez Lobbista Petrobras Chile Distribuidora Limitada Esmax Distribución SpA
Vicente Tapia Lobbista Prieto Abogados SpA Prieto Abogados Limitada
Justo Verdejo Tapia Lobbista ENAEX S.A. Empresa Nacional de Energía Enex S.A.
Nicolas León Lobbista Petrobras Chile Distribuidora Limitada Esmax Distribución SpA
Francisca Rojas Barrera Lobbista TotalEnergies Marketing Chile S.A. TotalEnergies Marketing Chile S.A.
Arturo Gallegos Canuti Lobbista YPF Chile S.A. YPF Chile S.A.
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
Estimado Ariel,

Junto con saludar, nuestro interés es consultar lo siguiente sobre la Ley 20.920 (Ley REP) y su normativa complementaria:

1. En relación con el Decreto Supremo N°8, de 2019, del Ministerio del Medio Ambiente (MMA), que establece metas de recolección y valorización y otras obligaciones asociadas de neumáticos ("DS NFU"):

Respecto de una misma categoría de NFU (A o B): ¿Puede un productor formar un sistema individual de gestión (SIG) para gestionar parte de sus NFU (cumpliendo con las exigencias legales y del plan de gestión aprobado) y, al mismo tiempo, adherirse a un sistema colectivo de gestión (SCG) para gestionar el resto de sus NFU de la misma categoría?

2. En relación con la Propuesta de Decreto Supremo que establece metas de recolección y valorización y otras obligaciones asociadas de aceites lubricantes, aprobada por el MMA mediante la Resolución Exenta N°1101-2023 ("DS ALU"):

Al no existir actualmente otra categoría de ALU más que la de recuperables o no recuperables: ¿Podría un productor formar un SIG para gestionar parte de sus ALU recuperables (cumpliendo con las exigencias legales y del plan de gestión aprobado) y, al mismo tiempo, adherirse a un SCG para gestionar el resto de sus ALU recuperables?

3. En relación con el Decreto Supremo N° 47, de 4 de diciembre de 2023, del MMA, que establece metas de recolección y valorización y otras obligaciones asociadas de aceites lubricantes ("DS 47"):

A. ¿El DS 47 reemplaza a la Resolución Exenta N°1101-2023 (DS ALU)?

B. ¿Por qué el DS 47 fue ingresado a la CGR recién el 27 de junio de 2024 (6 meses después de ser dictado), y luego retirado del trámite de toma de razón en la CGR el 12 de agosto de 2024 (a los 30 días de ingresado)?

C. ¿Cuáles fueron los motivos y/o fundamentos de los cambios introducidos por el DS 47 a la Resolución Exenta N°1101-2023 (por ejemplo, en los artículos 12 letra j), 31 y 37? En caso de no poder informarlos, ¿dónde pueden ser revisados (actas, informes, etc)?

D. ¿La Oficina de Implementación Legislativa y Economía Circular emitirá un informe técnico sobre las modificaciones entre la Resolución Exenta N°1101-2023 y el DS 47? En caso afirmativo, ¿cuándo estará disponible en el expediente que administra el MMA?

Quedamos atentos.

Saludos.



Asistentes:
• Ariel Espinoza, Jefe de la División Jurídica.
• Claudia Alfaro, Jefa del Departamento de Legislación y Regulación Ambiental.
• Franco Arias, Abogado de la Sección de Diseño Regulatorio.
• Bárbara Peñafiel, Profesional de la Oficina de Implementación Legislativa y Economía Circular.
• Nicolás León, en representación de Esmax Distribución SpA.
• Marlene Brokering, en representación de TotalEnergies Marketing Chile S.A.
• Ricardo Ferrero, en representación de ROFF SpA.
• Juan López, en representación de Empresa Nacional de Energía Enex S.A.
• Vicente Tapia, en representación de Prieto Abogados.

Temas abordados: La reunión tuvo por objeto conversar acerca de una presentación efectuada por el señor Vicente Tapia, en relación a las limitaciones para la conformación de sistemas de gestión, establecidas en la ley N° 20.920 y los decretos supremos que establecen metas de recolección y valorización y otras obligaciones asociadas de productos prioritarios.