Audiencias - Año 2022 - Patricio Velásquez - Audiencia AU004AW1217230

Información General
Identificador AU004AW1217230
Fecha 2022-10-27 12:05:00
Forma Videoconferencia
Lugar Plataforma Microsoft Teams, se le enviará el link a su casilla electrónica
Duración 0 horas, 45 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Omar Herrera Gestor de intereses Omar Herrera Ferrada
Patricia Echeverría Gestor de intereses Sociedad Inmobiliaria e Inversiones La Foresta Ltda.
Rafael González Gestor de intereses Sociedad Inmobiliaria e Inversiones La Foresta Ltda.
JORGE RETAMAL ABARZUA
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
DETALLE REUNION
La representante de la Sociedad Inmobiliaria hace una breve reseña respecto de la parcelación señalando que el proyecto partió el año 2015 con la declaración en SEC de un transformador de 75 Kva.; que posteriormente se fueron declarando las nuevas instalaciones parcialmente, sin solicitar la ampliación del servicio ante la empresa Chilquinta.
Que con el fin de solucionar los problemas ocurridos en el año 2021, y solicitar la ampliación de servicio a Chilquinta, el Sr. Omar Herrera de la empresa R&G declaro las instalaciones con fecha 29.12.2021, declaración que fue rechazada por SEC con la glosa, “Proyecto no cumple las características de una instalación eléctrica interior definitiva, debe declarar como proyecto provisorio”.
Posteriormente con fecha 16.03.2022 nuevamente se presentó la declaración siendo nuevamente rechazada mediante el checklist 6091515.
Dado el segundo rechazo, se realizó una presentación en plataforma de la Superintendencia, solicitando la aclaración al rechazo en el checklist 6091515.

Directo Regional, hace presente a la Inmobiliaria, que el proyecto debería cumplir con lo señalado para un Sistema de Subdistribucion, situación contemplada en el nuevo reglamento vigente desde julio de 2021.
Se aclara que la condición con la cual se están conectado los servicios de la parcelación, configura la condición de una conexión irregular establecida en el Decreto Supremo 327, que fija Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos.

La representante de La inmobiliaria, señala que se pretender traspasar las redes a la empresa Chilquinta , pero que no es factible debido a problemas en la servidumbre; además desde el punto de vista económico no es viable cumplir con la normativa de Chilquinta.

El Gerente de la Inmobiliaria, señala que se presta un servicio para las parcelas y que no es una empresa que lucre con el servicio.

Directo Regional, indica que además entre los reclamos que se han presentado por las interrupciones, se menciona el alto costo de la ejecución de los empalmes.
Se hace el compromiso de analizar el proyecto asociado a la declaración y entregar una propuesta concreta para realizar una nueva declaración.

Se deja establecido para futuros contactos con SEC, la representante de la Inmobiliaria y el fiscalizador Sr. Jorge Retamal