En la actualidad existen diversas ordenanzas municipales que establecen exigencias y limitaciones a las actividades apícolas trashumantes, ignorando lo establecido por La Contraloría General.
Cabe considerar que el objetivo perseguido por tales ordenanzas, el que guarda relación con la protección y preservación de la actividad apícola residente, no es posible lograr con la implementación de las exigencias y limitaciones que en ellas se establece, ya que dado el escenario actual de cambio climático. La apicultura actual es en su mayoría, trashumante.
Por otra parte, estas disposiciones se alinean con la caracterización de la apicultura obtenida a partir del último censo apícola realizado en el año 2007, la que ha cambiado de forma sustancial durante los últimos 10 años.
Finalmente, en caso de perseverar y replicarse tales deposiciones en nuevas municipalidades, tendrán un impacto negativo mayor en la supervivencia de las abejas, ya que la trashumancia es especial para la búsqueda de zonas geográficas con disponibilidad de alimento. Asimismo, la polinización de huertos frutales implica la necesidad imperiosa de traslado de colmenas, especialmente si se considera que ninguna región cuenta con la disponibilidad suficiente de éstas para cubrir su propia demanda de servicios de polinización, de modo que debe ser asistida por colmenas proveniente de otras regiones. |