Se ha verificado en el Conservador de Bienes Raíces, que existe un error en la Declaración de Hechos documentada en el expediente N°157434. Durante la reunión, junto con exponer la responsabilidad de la Unidad de Catastro en la Seremi de Bienes Nacionales de Valparaíso, que afecta la delimitación precisa del predio, es que la participación es imprescindible para abordar este asunto de manera oportuna y garantizar la integridad de los registros jurídicos.
En lo específico, los registros del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar, existen escrituras e inscripciones independientes para dos lotes que pertenecen fusionados al Rol dee avalúo N°466 -18 en la comuna de Viña del Mar, cada una con su foja, año y número correspondientes. Sin embargo, en la declaración realizada, solo se menciona la inscripción del lote número 168. Esta discrepancia genera que la Declaración en su conjunto esté errada, lo cual afecta la precisión de la información relacionada con los deslindes de los lotes señalados y la designación de vecinos colindantes que no cumple la normativa definida por el Ministerio de Bienes Nacionales para la Unidad de Catastro.
Esta situación observada hace bastante tiempo, Mayo 23 de 2023, se ha mantenido hasta la fecha, originando una contraposición a la realidad, la cual no ha sido llevada a su solución, lo que ha originado, la elaboración de Planos, Minutas, validaciones, resoluciones, y una serie de documentos vinculantes, y su derivación de estos a otras reparticiones públicas, las que contravienen la gestión de calidad que pregona la SEREMI.
Lo laxo de tramitación del proceso, derivada en estos hechos, ha conllevado a establecer una dificultad en la comunicación entre las partes, que deseamos revertir, para dar prontitud a su solución, de acuerdo a hechos jurídicos que intervienen, en donde solicitamos formalmente por esta vía que exista un pronunciamiento en esta materia, sustentado en las evidencias concluyentes que ameritan, por cierto, que se elaboren Las minutas de deslindes, El plano respectivo a la descripción real de configuración de deslindes, y que se incorporen las medidas necesarias para lograr transparencia en el proceso, y celeridad respecto a la economía procesal en los recursos públicos. |